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Los presos del procés el día que salieron de la cárcel. Efe

El juez suspende el tercer grado a los presos del 'procés'

El juzgado de vigilancia penitenciaria revoca el régimen de semilibertad a los siete reos de Lledoners pues cree que la concesión por parte de la Generalitat fue «precipitada»

Cristian Reino

Barcelona

Martes, 9 de marzo 2021, 12:21

El juez de vigilancia penitenciaria número 5 de Cataluña ha acordado esta mañana suspender el tercer grado otorgado por la Consejería de Justicia a los siete presos del 'procés' encarcelados en el penal de Lledoners (Barcelona). La Generalitat concedió el régimen de semilibertad a los ... dirigentes independentistas al inicio de la pasada campaña electoral de las catalanas. Era la segunda vez, después de que el Supremo tumbara la primera decisión.

El juez considera que «la progresión a tercer grado acordada en esta nueva ocasión se evidencia, de nuevo, como prematura en relación con la duración de la pena impuesta». «Tiene que transcurrir tiempo suficiente para que el tratamiento penitenciario produzca sus efectos, lo que se entiende que no ha ocurrido, por lo que la progresión acordada debe calificarse de nuevo como precipitada», según los autos judiciales.

En un primer momento, el juez rechazó las medidas cautelares que reclamó la Fiscalía en su recurso contra la decisión de aprobar el tercer grado a los presos secesionistas. Pero ya ha resuelto sobre el fondo del asunto y considera que debe revocar el tercer grado. Se trata de la primera vez que un juez de vigilancia penitenciaria resuelve en contra de la concesión del régimen de semilibertad a los presos del 'procés'. La primera vez que estuvieron clasificados en tercer grado, los jueces avalaron la concesión y fue el Supremo en última instancia quien tumbó la decisión de la Consejería de Justicia. Esta vez, la revocación ha llegado antes. «Estimo el recurso interpuesto por el Ministerio fiscal contra la resolución de la Secretaría de medidas penales, reinserción de 28 de enero de 2021 por la que se progresaba a tercer grado penitenciario al interno Oriol Junqueras, que se revoca, debiendo reingresar el interno en régimen ordinario», según el auto que afecta al exvicepresidente de la Generalitat. El juzgado número 5 ha emitido otros seis autos similares.

«No se trata de que se produzca un arrepentimiento sino únicamente tener conciencia de la comisión delictiva», según el juez

Así, Oriol Junqueras, Raül Romeva, Jordi Turull, Josep Rull, Quim Forn, Jordi Sànchez y Jordi Cuixart regresan al segundo grado y pierden el régimen de semilibertad, que les ha permitido durante este último mes y medio salir de prisión de lunes a jueves durante el día y dormir en casa de jueves a lunes. A partir de ahora, solo podrán salir de acuerdo a los permisos que les corresponden por haber cumplido un cuarto de la condena. La decisión no afecta a Carme Forcadell y Dolors Bassa, que dependen de otro juzgado de vigilancia penitenciaria y que no se ha manifestado aún.

Los presos del 'procés' fueron condenados a penas de prisión de nueve a trece años en octubre de 2019. Desde entonces, cumplen la pena en la cárcel. Aunque previamente estuvieron dos años en prisión preventiva buena parte de ellos.

«Mantenimiento en segundo grado»

El pasado 24 de febrero, el juez de vigilancia penitenciaria les mantuvo el tercer grado de forma cautelar, tras el recurso de la Fiscalía, a la espera de una decisión sobre el fondo del asunto: determinar si la concesión de la Consejería de Justicia de la Generalitat era o no correcta. El juez señala ahora que «ponderados conjuntamente la extensión de la pena impuesta y los fines de ésta junto con las circunstancias informadas del interno» y «entendiendo que no ha existido esa modificación favorable y suficiente de los factores que llevaron a la comisión delictiva, procede estimar el recurso del Ministerio fiscal». En consecuencia, «procede su revocación y el mantenimiento en segundo grado», señala.

Según el magistrado, el tercer grado supone una «relajación importante de los mecanismos de control del penado al que se supone preparado para llevar una vida en semilibertad», pero en el caso de los presos del 'procés', el juzgado señala que de acuerdo a los informes de los centros penitenciarios, «todos los hechos que se asumen aparecen contextualizados, minimizados o justificados y la responsabilidad a la que hacen referencia está referida a una responsabilidad de tipo política (en función de su cargo) o moral (en función de sus convicciones) pero no se atisba en ellos un mínimo de asunción de responsabilidad penal en el sentido de haber quebrado normas básicas de convivencia». Y no se trata en «ningún caso», señala, de que se produzca un «arrepentimiento» (figura sólo prevista en delitos de terrorismo, recuerda), sino «únicamente tener conciencia de la comisión delictiva».

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