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La entonces ministra de Exteriores Arancha González Laya y Pedro Sánchez. Efe

El juez apunta que Sánchez dirigió la «actuación» para la entrada de Ghali

El magistrado Lasala afirma que «la decisión última» debió de ser del presidente, pero admite la dificultad para apreciar la presunta prevaricación o el encubrimiento

Mateo Balín

Madrid

Lunes, 14 de marzo 2022

Por vez primera desde el comienzo de la instrucción, el juez de Zaragoza Rafael Lasala, que investiga la entrada en España del líder del Frente Polisario Brahim Ghali para tratarse de la covid-19, apunta al presidente del Gobierno Pedro Sánchez como supuesto responsable de ... la entrada del dirigente saharaui y de que no se informara a la Audiencia Nacional, donde este tenía procedimientos abiertos por diversos delitos.

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«Lo que nos dice la ley es que el presidente del Gobierno dirigía esta actuación conjunta», señala Lasala en un auto dictado el pasado jueves. Además, el titular del Juzgado de Instrucción número 7 de Zaragoza levanta la imputación al diplomático Camilo Villarino, jefe de Gabinete de la entonces ministra de Exteriores Arancha González Laya, a quien en cambio mantiene como investigada tras rechazar el recurso de la Abogacía del Estado.

El juez explica que puesto que «participaron en esta operación autoridades y funcionarios cualificados de los ministerios de Exteriores, Interior y Defensa (...) y puesto que la actuación de ellos fue inmediata y coordinada, lo que nos dice la ley es que el presidente del Gobierno dirigía esta actuación conjunta».

Pese a que la acogida de Ghali fue consecuencia de la petición recibida desde Argelia por González Laya, el juez insiste en el papel de Sánchez: «La decisión última correspondía al presidente del Gobierno, sabiendo los ministros de Interior y Defensa que por tal decisión debían comunicar a determinadas autoridades y funcionarios de sus departamentos que siguieran las instrucciones que diera Villarino».

El juez reconoce que la mayoría de los presuntos delitos por los que se abrió la investigación no han sido acreditados. Afirma que «hasta el momento no se ha conseguido indicio alguno de que (la exministra y su jefe de Gabinete) participaran en la falsificación de un documento de identificación personal (del dirigente saharaui) o en la presentación del mismo en el hospital de San Pedro de Logroño», donde estuvo ingresado durante 44 días.

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«Un acto humanitario»

«Tampoco», añade el auto, «cabe hablar de encubrimiento» de los delitos por los que Ghali estaba siendo investigado, ya que «el encubridor ha de conocer sin duda alguna que el sujeto ha cometido un delito, no bastando sospechas o especulaciones». Además, explica, «la asistencia a un enfermo siempre es un acto de humanidad, aunque sea cuestionable el criterio por el que se establecen prioridades entre pacientes en una misma situación».

No obstante, Lasala sostiene que «no puede desecharse» la existencia de prevaricación, pese a reconocer que «no es fácilmente apreciable». Este delito se habría cometido, supuestamente, al ocultar a la Audiencia la presencia del líder del Polisario. Ello pese a que el juez admite que no existía ninguna orden de detención contra él, pero sí se había pedido «su identificación o localización» en caso de que pisase suelo español. No obstante, concluye, «si nada se sabía de su condición procesal ningún reproche penal cabe realizar».

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En cualquier caso, el juez aprecia una contradicción que en todo caso es «insuficiente», más aún cuando se han invocado frecuentemente en la causa deberes de secreto profesional cuando no la Ley de Secretos Oficiales. Villarino dijo que el 23 de abril de 2021, cinco días después del aterrizaje de Ghali en Zaragoza, recibió una llamada de la jefa de Gabinete del ministro del Interior anunciándole que la Policía Judicial le había comunicado que había una orden de localización y que se le iba a comunicar. Sin embargo, la Comisaría General de Policía Judicial respondió al juzgado que no había comunicado nada a Interior respecto de Ghali.

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