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El tribunal que juzga el sumario del 'procés' secesionista en Cataluña ha resuelto en una providencia que no tiene competencias para decidir sobre una petición realizada por el procesado Jordi Sánchez, en prisión preventiva desde octubre de 2017. El expresidente de la Asamblea ... Nacional de Cataluña (ANC) reclamó un debate electoral en el centro penitenciario donde se encuentra ingresado, en Soto del Real (Madrid), ya que se presenta como número uno por la circunscripción de Barcelona en la elecciones generales del 28 de abril.
La Sala presidida por Manuel Marchena concluye, por unanimidad, que de acuerdo a la Constitución y a la Ley General Penitenciaria, «no compete al órgano jurisdiccional velar por los principios que determinan la regulación de la actividad electoral».
Añade el tribunal que «tampoco le incumbe la fijación de un determinado régimen penitenciario, ya que lo solicitado no es un acto que afecte a una posible incomunicación judicial, ni supone una excarcelación del centro penitenciario. Todo ello sin perjuicio de la competencia atribuida a la Administración Electoral para velar por la vigencia de los principios que rigen el desarrollo del proceso electoral».
La Sala acuerda comunicar esta providencia a la Junta Electoral Central, que fue el órgano que remitió la solicitud de Jordi Sànchez. La negativa del tribunal supone ahora que será el Ministerio del Interior, responsable de Instituciones Penitenciarias, quien deba tomar una decisión.
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