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Fue el jueves por la noche en la última de las dos conversaciones que Pedro Sánchez, recién aterrizado de Argel, mantuvo con Isabel Díaz Ayuso. En esa última interlocución el presidente del Gobierno, a modo de ultimátum, dio tres opciones a la jefa del ... Ejecutivo autonómico para volver a confinar perimentralmente Madrid y otras ocho grandes ciudades de la región. La primera de esas opciones era que la Comunidad de Madrid, como autoridad competente en materia sanitaria, dictara una orden al amparo del artículo 3 de la Ley Orgánica 3/1986 de Medidas Especiales en Materia de Salud Pública. La segunda consistía en que Ayuso pidiera a Sánchez la declaración del estado de alarma en la comunidad para así gestionar juntos los confinamientos. Y la tercera y última, que el Gobierno impusiera a la fuerza el estado de alarma.
Moncloa –explican diversos responsables del Ejecutivo que estuvieron presentes en las negociaciones– introdujo la primera opción, la de que fuera la propia Ayuso la que ordenara reactivar el cierre de las ciudades de las región que acababa de anular la justicia, como «gesto de buena voluntad». Todo ello, a pesar de las serias dudas expresadas por la Abogacía del Estado de que esa fórmula podía ser tumbada en breve por el mismo Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) que horas antes había anulado el confinamiento de casi cinco millones de madrileños.
De hecho, varios de los asesores jurídicos de Sanidad y Justicia recomendaron directamente a Moncloa dejar solo las dos últimas opciones y no incidir sobre la primera, a pesar de que algunos tribunales ya había avalado los confinamientos perimetrales, incluidos los de Madrid, invocando ese vago articulo 3 de la ley de salud pública. Un precepto que reza literalmente que «con el fin de controlar las enfermedades transmisibles, la autoridad sanitaria, además de realizar las acciones preventivas generales, podrá adoptar las medidas oportunas para el control de los enfermos, de las personas que estén o hayan estado en contacto con los mismos y del medio ambiente inmediato, así como las que se consideren necesarias en caso de riesgo de carácter transmisible.»
Según señalaron a Moncloa en los servicios jurídicos del Estado aquel convulso jueves, el problema de este artículo, que en esta nueva normalidad ha sido usado de forma generalizada por las comunidades para confinar una vez acabó el estado de alarma el 22 de junio, es que no hay doctrina jurídica sobre su interpretación, ya que hasta ahora no había concitado controversia. Y que precisamente la vaguedad de esa redacción, a falta de conocer qué pensaría el Supremo, ya había hecho a varios juristas apuntar la posibilidad de que esta ley no facultara a las comunidades a poner en cuarentena a grandes poblaciones sanas y sin vínculos directos con contagiados.
La cuestión radica en que las dudas de los juristas del Estado pasaron a convertirse el pasado sábado en una resolución judicial que podría marcar los futuros confinamientos de esta segunda ola, hasta el punto de dejar al estado de alarma como única herramienta efectiva para imponer cuarentenas mientras no se reforme la actual legislación.
La Sala Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón se negó a avalar este fin de semana el confinamiento perimetral en la localidad zaragozana de La Almunia de Doña Godina, al entender que esas medidas no encajaban en ese famoso artículo 3 ya que las administraciones no pueden restringir un derecho fundamental –como es la libre circulación– cuando las medidas se dirigen a un grupo de población cuya única conexión con la enfermedad es su residencia en un mismo territorio. Por ello, los jueces aragoneses dictaminaron ayer que el encierro de La Almunia «carece de cobertura legal».
Para complicar todavía más la cuestión, se da la circunstancia que tanto el ministro de Sanidad, Salvador Illa como el propio Sánchez han insinuado que el Gobierno de Ayuso provocó adrede el fallo de la TSJM que anuló los confinamientos precisamente por no invocar este mismo artículo de la ley de salud pública del 1986. Un precepto que sí le había servido hasta ahora a diversos tribunales para avalar los cierres, pero que la justicia de Aragón y varios expertos de la Abogacía del Estado consideran que no habilita a las comunidades autónomas a poner en cuarentena a grandes colectivos sanos.
Así las cosas, y ante esta incertidumbre jurídica, y más ahora tras el fallo del Superior de Aragón, los servicios jurídicos apuntan a que la única herramienta fiable para futuros confinamientos es el estado de alarma, ya sea pactado o impuesto. Y advierten de que la decisión sobre La Almunia, sobre todo por el momento en la que se ha producido podría marcar las decisiones de otros tribunales superiores.
Poco después de que el Tribunal Superior de Justicia de Aragón abriera una vía de agua sobre la legalidad de los cierres de grandes municipios, Isabel Díaz Ayuso recordó en las redes sociales que precisamente la opción de que los tribunales maños habían tumbado fue la que el propio Pedro Sánchez presionó para que las presidenta aceptara. O sea, que la propia Administración regional decretara el cierre de las grandes ciudades madrileñas basándose en la ley de 1986 de sanidad pública, que no aclara hasta dónde es lícito encerrar a personas sanas. «La alternativa con la que Sánchez nos amenazó el viernes era judicialmente insostenible», escribió Ayuso en su cuenta de Twitter. «Madrid hizo lo correcto. Actuamos conforme a derecho. Defendimos a nuestros técnicos sanitarios y teníamos razón», apuntó.
Sin embargo, según explican diferentes asistentes a las negociaciones del jueves, lo cierto es que la Comunidad de Madrid en ningún momento de esa noche –ni tampoco de la mañana del viernes antes de que se aprobara el estado de alarma– expresó tener dudas legales sobre la vigencia de la ley de 1986, que la propia Administración regional había usado ya para confinar a más de un millón de habitantes de las zonas básicas sanitarias.
De acuerdo con fuentes de ambas instituciones, Díaz Ayuso se limitó en esas horas críticas a pedir «más tiempo» a Sánchez para estudiar el ultimátum, pero en no le expresó que veía ilegal la única opción que le dejaba sin recurrir al estado de alarma.
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