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El fiscal Pedro Crespo RC
La Fiscalía pide al TC anular la inadmisión del recurso de Puigdemont contra su detención

La Fiscalía pide al TC anular la inadmisión del recurso de Puigdemont contra su detención

Recurre al Pleno de la corte de garantías la resolución de la mayoría conservadora de la Sala de Vacaciones, que el 9 de agosto rechazó admitir el amparo del expresidente catalán contra la orden de arresto nacional del juez Llarena

Mateo Balín

Madrid

Lunes, 4 de septiembre 2023, 11:30

La Fiscalía del Tribunal Constitucional (TC) ha reclamado dejar sin efecto la resolución de la mayoría conservadora de la Sala de Vacaciones, compuesta por dos magistrados conservadores y uno progresista, que el pasado 9 de agosto inadmitió el recurso de amparo que presentó el expresidente ... de la Generalitat, Carles Puigdemont, contra la orden nacional de detención dictada por el Tribunal Supremo en la causa del 'procés'.

En un escrito de 14 páginas firmado el pasado 1 de septiembre, el fiscal Pedro Crespo ha interesado al Pleno de la corte de garantías que se estime su recurso de súplica porque la Sala de Vacaciones -la sección del TC habilitada para resolver asuntos de urgencia durante el mes inhábil de agosto- se extralimitó en sus funciones.

Crespo no ha entrado a valorar si dicha decisión es «acertada o desacertada, bien o mal fundada», pero sí ha asegurado que «no ha sido adoptada ni en el tiempo ni por el órgano que de acuerdo con la ley aseguran su legitimidad constitucional, o, lo que es lo mismo, garantizan que tal decisión es fruto del legítimo ejercicio de la jurisdicción constitucional».

A juicio de la Fiscalía, la resolución de la Sala de Vacaciones, formada por los magistrados conservadores Concepción Espejel y César Tolosa y la progresista Laura Díez, quien discrepó de sus compañeros, «no puede ser convalidada, ni tan siquiera valorada en cuanto a su contenido de fondo o su concreto sentido decisorio, sino revocada en aras a una correcta interpretación y aplicación, en el presente caso y en el futuro, de las normas que fijan las condiciones del ejercicio de la jurisdicción del tribunal».

En este sentido, el Ministerio Público ha defendido que no había una «urgencia real» que llevase a la Sala de Vacaciones a resolver la petición de suspender la orden de detención nacional que el Tribunal Supremo dictó sobre Puigdemont. Según ha alegado, no era un asunto que requiriese resolución fuera del Pleno del Constitucional que, cabe recordar, cuenta con una mayoría progresista, a diferencia de la Sala de Vacaciones que cuenta con una mayoría conservadora.

Derechos vulnerados

El fiscal ha incidido en que «es sin duda posible que, al final, el recurso de amparo interpuesto por Carles Puigdemont y su exconsejero Toni Comín pueda acabar siendo desestimado, o incluso inadmitido, y también lo es que esta Fiscalía no se oponga a ello». «Pero la importancia trascendental de que la inadmisión, si procede, sea acordada por el órgano competente para ello resulta directamente de la esencia constitucional de la configuración, organización y funcionamiento de la jurisdicción constitucional», ha añadido.

Así las cosas, ha afeado que «dos magistrados, a partir de la invocación de una norma competencial incorrectamente interpretada, hayan asumido y hecho suya una decisión que, excluida esa indebida aplicación de la norma, correspondería a otra composición orgánica del máximo intérprete de la Constitución, incluso al propio Pleno, sustituyendo así su voluntad decisoria».

La mayoría conservadora de dicha Sala declaró su competencia para conocer sobre la decisión de admisión a trámite toda vez que consideró necesario resolver sobre la petición, a través de una medida cautelarísima, de que se suspendiera la orden de detención del Supremo. Según consta en la resolución del TC, los procesados Puigdemont y Comín alegaron que consideraban vulnerados sus derechos a la tutela judicial efectiva, al juez ordinario predeterminado por la ley y a un proceso con todas las garantías.

Ambos insistieron en que cuentan con inmunidad parlamentaria al ostentar un escaño en el Parlamento Europeo, por lo que consideran «evidente» que una orden nacional de busca, captura e ingreso en prisión es «absolutamente incompatible» con la inmunidad que gozan, además de «manifiestamente desproporcionada».

En 10 folios, la Sala desestimó sus argumentos al entender que no se vulneró derecho fundamental alguno, ni en el caso de Puigdemont ni en el de Comín. «Las vulneraciones invocadas por los recurrentes derivadas del eventual menoscabo de su garantía de inmunidad parlamentaria, por no haber solicitado el suplicatorio, carecen de sustento constitucional», apuntaron los magistrados.

Además, afearon que ambos dirigentes cuestionasen de nuevo la competencia del Supremo y la idoneidad del juez instructor Pablo Llarena para dictar resoluciones como la impugnada. «Estas quejas no son sino una reiteración de otras invocadas en anteriores recursos de amparo interpuestos por los mismos recurrentes», señalaron.

Al margen, el pasado julio la Fiscalía del Tribunal Supremo pidió al juez Llarena que activara las órdenes de detención internacional contra Puigdemont y Comín, pero el magistrado instructor del 'procés' acordó que no actuaría hasta que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) se pronuncie de forma definitiva sobre las eventuales medidas cautelares que ambos pueden presentar para ver restablecida provisionalmente su inmunidad parlamentaria.

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