![Piden 20 años de cárcel a un kamikaze que mató a un conductor](https://s1.ppllstatics.com/burgosconecta/www/multimedia/202009/03/media/cortadas/kamikaze-kM2B-U12085422215hiC-1248x770@RC.jpg)
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La Fiscalía de Madrid ha pedido 20 años de prisión para el conductor kamikaze que, tras circular con su vehículo dos kilómetros en dirección contraria por la autopista M-50 a una velocidad superior a la permitida, embistió de forma voluntaria contra otro turismo que transitaba de forma correcta en la misma carretera, lo que provocó la muerte de su único ocupante hace ahora un año.
El representante del Ministerio Público no tiene dudas de que el acusado, Kevin Cui Bai, en prisión preventiva desde entonces, era conocedor de que circulaba en sentido contrario al establecido porque «aunque era de noche, el cielo estaba nublado y con lluvia intermitente», la visibilidad en la carretera era acorde al alumbrado que llevaba y a la iluminación existente en la vía y en el túnel.
Insiste, por tanto, en que esas circunstancias no le impidieron ver que los vehículos con los que se cruzó, «los cuales circulaban correctamente», llevaban el alumbrado, pudiendo observar toda la señalización vertical, horizontal, de balizamiento y seguridad de la vía, al revés, como las señales de hitos de arista que estaban orientadas en sentido contrario al seguido por él.
A Kevin Cui se le imputan los delitos de homicidio, conducción temeraria con manifiesto desprecio por la vida de los demás y otro contra la seguridad vial. Y es que en el escrito de acusación se recoge que el conductor kamikaze decidió el 15 de septiembre de 2019 coger su coche «pese a tener sus facultades disminuidas como consecuencia de una previa ingestión de bebidas alcohólicas, lo cual mermaba su capacidad para manejar los mecanismos de dirección, control y frenado de un vehículo, así como aumentaba el tiempo de reacción ante acontecimientos imprevistos en dicha conducción, con pérdida de reflejos y de capacidad visual, y con el consiguiente riesgo para el resto de los usuarios de la vía».
La Fiscalía subraya que, pese a todo, el acusado partió hacia Arganda del Rey por la autopista M-50, una vía que conocía a la perfección «dado que la utilizaba normalmente y con mucha frecuencia para ir a Fuenlabrada y a su domicilio», y que conducía a una velocidad muy por encima de la permitida, 139 km/h, cuando el límite eran 100. Cui, primero adelantó a otro turismo que circulaba por el carril central «aproximándose mucho al lateral izquierdo» y «provocando que (…) tuviera que dar un bandazo hacia el carril derecho».
A continuación, realizó maniobras irregulares «como movimientos en zig-zag, pasando de un carril a otro, de los tres posibles, sin indicar con las luces intermitentes, poniendo de esta manera, en concreto peligro la vida e integridad física del resto de los usuarios de la vía, alguno de los cuales tuvo que modificar su velocidad e incluso realizar maniobra como cambio de carril, para evitar la colisión y poder esquivarlo».
Tras parar su coche en el arcén, Cui reemprendió la marcha solo que esta vez lo hizo en sentido contario «con pleno desprecio a los posibles resultados lesivos que pudieran derivarse de su acción y asumiendo el alto riesgo de llegar a atentar contra la vida e integridad física del resto de los usuarios de la vía, así como de causar daños materiales, peligro que con su acción estaba creando, y pese a que tuvo la posibilidad de evitarlo, no lo hizo«.
La Fiscalía apunta que el acusado recorrió aproximadamente 1,9 kilómetros en sentido contrario al estipulado y a alta velocidad rebasando a varios vehículos que tuvieron que realizar maniobras para evitar colisionar de manera frontal.
Cui daba ráfagas con las luces largas para deslumbrar a los conductores de los vehículos que le venían de frente y trataba de embestirlos. Algunos lograron esquivarle con maniobras peligrosas, hasta que colisionó con un Citroën C4 que circulaba correctamente por el carril central de los tres existentes.
Su conductor, dada la gravedad de las heridas sufridas a raíz del accidente, falleció pocos después. El acusado, según la Fiscalía, no realizó ningún tipo de maniobra evasiva para eludir la colisión «aun habiendo percibido su presencia (la del otro conductor), mostrándose completamente ajeno al instinto más básico de supervivencia y de deber de cuidado propio y ajeno».
Es más, añade que el conductor fallecido no pudo prever que otro vehículo estuviese circulando en sentido contrario por la autopista y de ahí que tan sólo pudo realizar una leve maniobra evasiva de giro a la derecha, al verse totalmente sorprendido, no logrando evitar que se consumara el siniestro, y salvar su vida.
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