olatz hernández
Corresponsal en Bruselas
Lunes, 9 de mayo 2022, 17:05
Xabier Atristain no tuvo acceso a un abogado de su elección ni pudo consultarle durante su interrogatorio policial. Así lo recoge la sentencia del Tribunal de Derecho Humanos de Estrasburgo, que ha desestimado el recurso presentado por el Gobierno español contra la sentencia que condenó ... a España por vulnerar el derecho a un proceso justo a este miembro de ETA.
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Atristain, que cumplía una pena de diecisiete años de prisión por pertenencia a un grupo terrorista y posesión de explosivos, fue puesto en libertad provisional en febrero, tras el primer fallo del tribunal de Estrasburgo. Fue detenido a través de una euroorden en Francia en 2010 y, posteriormente, fue extraditado a España. Ese mismo año, la Audiencia Nacional ordenó su arresto e incomunicación. Durante ese periodo «se le asignó un abogado, pero no pudo hablar con él y no le estaba permitido reunirse con ningún consejero legal», apunta el alto tribunal.
Los jueces estiman, de este modo, que en el caso de Atristain se vulneró el artículo 6 de la Convención europea de Derechos Humanos, que recoge el derecho a los encausados a elegir su asistencia legal. Concluyen, además, que en este caso «no había razones para privar al detenido de acceso a un abogado de su elección». El jurado concluye que el Estado deberá pagar a Atristain 12.000 euros por daños inmateriales y otros 8.000 por costes.
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