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Paula Rosas
París
Miércoles, 12 de junio 2019, 20:19
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) confirmó este miércoles que la demanda interpuesta por la expresidenta del Parlament catalán, Carme Forcadell, a raíz de su prisión preventiva, ha sido «declarada inadmisible» y, por lo tanto, rechazada por la corte. La decisión «no es recurrible, ... es definitiva», aseguran fuentes de la institución. La decisión del TEDH se suma al revés encajado el mes pasado por 74 diputados independentistas catalanes, que habían recurrido la suspensión del pleno del parlamento autonómico en el que iba a declararse la independencia de Cataluña. Estrasburgo avaló entonces la decisión del Constitucional, que consideró «necesaria en una sociedad democrática».
En este caso, Forcadell había acudido al TEDH el 23 de enero para recurrir su situación de prisión provisional alegando la violación de cuatro artículos del Convenio Europeo de Derechos Humanos. En septiembre, el Constitucional había resuelto denegar la suspensión cautelar de su encarcelamiento provisional, a la espera, sin embargo, de resolver en sentencia sobre el fondo de la cuestión. Los abogados de la expresidenta del Parlament consideraron que el alto tribunal español se había pronunciado de manera implícita sobre el fondo, y que eso abría la vía de Estrasburgo.
La corte europea, sin embargo, no parece haberlo entendido así ya que el juez único del tribunal decidió en marzo la inadmisibilidad de la demanda de Forcadell. Sin embargo, no especificó los motivos, como es habitual. Según explican desde la institución, las miles de demandas que llegan a Estrasburgo pasan primero por un departamento de filtrado que verifica que la documentación presentada está completa. Entonces, se le asigna un número de caso y se atribuye bien a un tribunal de un juez único «cuando la demanda es claramente inadmisible porque no cumple con todos los criterios requeridos para ser admitida», o bien a un comité de tres jueces o a sala (7 magistrados), dependiendo de la jurisprudencia existente sobre el caso.
Los criterios de admisibilidad son que no se hayan agotado todos las instancias judiciales del país demandado, que esté manifiestamente mal fundada, o que sea sustancialmente igual a otra ya examinada por la corte. En el 'caso Forcadell' todo hace indicar que se trata de la primera, al no haberse pronunciado aún el Constitucional sobre el fondo de su detención provisional.
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