El resultado de las urnas de las elecciones generales de este domingo 23 de julio han dejado una realidad mucho más clarificadora en el Senado, donde el PP ha reforzado su mayoría absoluta, que en el Congreso, donde todo está abierto de cara a la ... futura investidura del presidente del Gobierno. Si finalmente el candidato del PSOE, Pedro Sánchez, consigue el aval para continuar en La Moncloa, el PP cuenta con un código que puede ser clave para el desarrollo de una legislatura en la que las mayorías se encuentran apretadas: sus 143 senadores de los 266 que componen la Cámara alta representan una salvaguarda que configurará cada ley o gran decisión que -también- debe pasar por ese hemiciclo.
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Aunque está pensado como una cámara de segunda vuelta, o de revisión de las normas que salen del Congreso, en el Senado se han tomado algunas de las grandes decisiones que han marcado las últimas legislaturas como la intervención del Estado en Cataluña con el artículo 155 de la Constitución, donde el papel de los senadores resultó crucial.
La fórmula con la que se conforma el hemiciclo del Senado es muy distinta a la del Congreso. La Cámara alta está pensada como una cámara de representación territorial de las comunidades autónomas. Por eso, una parte de sus escaños se eligen directamente en las elecciones generales y otra proporción a través de la designación que realizan los distintos parlamentos autonómicos.
En las generales de este domingo estaban en juego 208 senadores, que se eligen con las papeletas color salmón. En concreto, cuatro puestos por provincia, más los de las islas. La fórmula es de elección de senadores en función del mayor número de votos conseguidos. No se aplica la ley D'hont de mayorías. Los otros 58 senadores que completan el pleno proceden de los nombramientos realizados por los parlamentos autonómicos: a cada región le corresponde un senador por cada millón de habitantes. Por ello, hay territorios que aumentan el número de asientos que le corresponden en función de la evolución de la demografía.
La Cámara alta ejerce de contrapeso al Congreso de los Diputados, de donde surgen todas las iniciativas legislativas (a excepción de los proyectos del Fondo de Compensación Interterritorial). Cuando una ley es aprobada en el Congreso, debe pasar al Senado para ser validada, modificada o vetada.
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Los senadores disponen de un plazo tasado para realizar esta labor: dos meses de forma ordinaria o 20 días si se trata de una tramitación urgente. Aunque aquí es donde el presidente de la Cámara alta puede jugar las bazas que considere necesarias dentro de la ley para postergar o acelerar los plazos. Es decir, un presidente popular del Senado supondría una especie de china en el zapato de un hipotético Ejecutivo de coalición a la hora de poner en marcha las leyes. Al final, acabarían aprobándose, pero parte de los tiempos de la tramitación.
Para vetar una ley, el Senado necesita hacerlo con mayoría absoluta; pero si se trata de incluir enmiendas (cambios puntuales) a una norma, solo se precisa mayoría simple. Pase lo que pase en la Cámara alta, todas las normas vuelven al Congreso, donde sí tienen la última palabra en el poder legislativo español.
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De toda la legislatura, las cuatro leyes más importantes de cualquier Gobierno son las del Proyecto de Presupuestos Generales del Estado. De hecho, el rechazo de esta norma ha provocado la caída de varios Ejecutivos (el último, el de Pedro Sánchez en 2019) y el adelanto electoral. Una vez aprobados los Presupuestos en el Congreso, pasan al Senado, como cualquier otra ley. Pero la Cámara alta puede presentar enmiendas para modificar partidas de gastos en condiciones muy estrictas: por cada partida de gasto que cambie, debe modificarse el resto de gastos de esa misma parte del Presupuesto para que cuadre. Otra vez la tramitación y sus tiempos son claves, en función de lo que vaya decidiendo la presidencia y las comisiones de senadores (en manos del PP) para agilizar las cuentas públicas del año siguiente en tiempo y forma. La propia negociación con los grupos puede provocar cambios inesperados para Moncloa.
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El artículo 155 de la Constitución había sido un tema tabú en la política española desde 1978, en ocasiones aireado cuando había alguna disputa autonómica. Pero en 2017, con el referéndum independentista de Cataluña, el Gobierno de Mariano Rajoy lo activó: se trata de la posibilidad de que el Estado intervenga una comunidad para obligarle a adoptar las medidas necesarias para que cumpla la ley. Con un Ejecutivo más condicionado por ERC y Junts, y sus avisos de autodeterminación y votación, el Senado controlado por el PP tendría la llave para activar este mecanismo. Eso sí, tendría que hacerlo si se lo solicita el Gobierno. Y debe aprobar esta acción con la mayoría absoluta del pleno, como ocurrió hace seis años con el pacto entre PP y PSOE para aplicarlo por la deriva del 'procès'.
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También es el Senado la cámara competente para avalar la disolución de un ayuntamiento (por incumplir determinadas leyes), si así se lo solicita el Consejo de Ministros. En la Cámara alta, una comisión general de las comunidades autónomas debe realizar un informe sobre la disolución propuesta por el Gobierno. Uno de los casos más llamativos en esta materia fue en 2006 la disolución del ayuntamiento de Marbella (Málaga) por «gestión gravemente dañosa para los intereses generales» que supusieron el cúmulo de escándalos en las alcaldías de Jesús Gil y Julián Muñoz.
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Entre las intervenciones habilitadas para el Senado también se encuentra la facultad de pronunciarse con carácter previo o exclusivo para determinadas medidas como un acuerdo de cooperación entre dos comunidades autónomas. En este caso, el poder de la Cámara alta es el mismo al del Congreso. Entre las polémicas habituales por esta cuestión se encuentran los pactos entre País Vasco y Navarra, en ocasiones cuestionados por PP, que ahora tiene la mayoría de senadores para autorizar esos pactos interterritoriales.
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Una de las cuestiones que quedaron pendientes con la disolución anticipada de las Cortes por parte de Pedro Sánchez tras las elecciones municipales fue la designación del magistrado Alfredo Montoya (renunció al cargo por motivos de salud) cuya vacante aún está por cubrir en el Tribunal Constitucional, y que le corresponde al Senado. Su elección se prorrogó hasta el 20 de junio, cuando las cámaras ya habían sido disueltas. Al Senado le corresponde la designación de cuatro de los 12 magistrados del Constitucional. También tiene atribuidos por ley otros nombramientos en el Poder Judicial o consejo de RTVE, entre otros organismos públicos. Esta elección también puede complicar los objetivos de un hipotético gobierno de Sánchez con mayoría absoluta popular en el Senado.
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