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Imagen de la detención del rapero Pablo Hasél. Efe

El Consejo de Europa respalda eliminar la prisión para «delitos de expresión»

La comisaria de Derechos Humanos apoya la modificación que estudia el Gobierno para el enaltecimiento del terrorismo, injurias a la Corona o contra los sentimientos religiosos tras el 'caso Hasel'

Mateo Balín

Madrid

Lunes, 22 de marzo 2021, 12:11

El Consejo de Europa ha respaldado la intención del Gobierno de modificar las penas de los llamados «delitos de expresión», cuya polémica se ha acrecentado tras el ingreso en prisión del rapero Pablo Hasel por delitos de enaltecimiento del terrorismo a traves de 64 ... mensajes y un vídeo en redes sociales.

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La comisaria de Derechos Humanos, Dunja Mijatovic, ha pedido que se despenalicen las injurias y calumnias (actualmente castigadas con multa) y las ofensas contra los sentimientos religiosos. También, que se modifique la regulación en lo que respecta a las injurias a las instituciones del Estado, caso de la Corona, o el enaltecimiento del terrorismo.

En una carta remitida al ministro de Justicia, Juan Carlos Campo, el pasado 11 de marzo, la comisaria ha destacado el «impacto negativo» de algunos artículos del Código Penal, que tienen un «efecto amedrentador» sobre el ejercicio de la libertad de expresión, «un derecho de importancia crucial para un debate público libre y plural».

Por este motivo, propone, entre otras cuestiones, adoptar un «enfoque integral» para «considerar la despenalización de los insultos a los sentimientos religiosos». A su parecer, la regulación actual en el artículo 525 del Código Penal puede generar «limitaciones indebidas a la libertad de expresión». Recuerda que, según el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), los grupos religiosos deben tolerarlos, siempre que no se incite al odio con grave riesgo para terceros o a la intolerancia religiosa.

La comisaria considera que el artículo 578 del Código Penal sobre la apología del terrorismo «parece ser problemático desde el punto de visto de la seguridad jurídica, debido a su ambigüedad y a su redacción imprecisa». Hace notar que la falta de una definición clara «ha generado interpretaciones divergentes -a veces contradictorias- de estas disposiciones por parte de los tribunales españoles, algunos de ellos en desacuerdo con las normas internacionales sobre libertad de expresión».

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Provocar «terror»

Además, Mijatovic expresa su preocupación por las condenas de cárcel dictadas en los últimos años contra artistas -sin citar a ninguno en concreto- por «letras controvertidas y otras actuaciones». A ese respecto, insiste en que la legislación antiterrorista solo debe aplicarse «al uso o la amenaza de la violencia con la intención de sembrar el miedo y provocar el terror». Todas las demás declaraciones, añade, «por muy no consentidas, chocantes o perturbadores que sean» están cubiertas por la libertad de expresión.

Sobre las injurias a la Corona, dice que la pena de cárcel que se contempla en los artículos 490 y 491 del Código Penal «por un delito cometido como parte de un debate político» sólo sería compatible con la libertad de expresión si incluyera un mensaje de odio o incitación clara a la violencia.

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En su respuesta, el ministro Campo expresa su «sintonía» y la del Gobierno con las preocupaciones de Mijatovic y el «deseo de que podamos sacar adelante una reforma de estos delitos que contribuya a mejorar aún más el legítimo ejercicio de la libertad de expresión». Además, indica a la comisaria que la propuesta en la que se está trabajando es aún objeto de estudio, y que lo que se busca es un «equilibrio entre el derecho a la libertad de expresión y esos bienes jurídicos», porque las opiniones «odiosas o despreciables» no pueden ser delitos.

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