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La Audiencia Nacional deja en libertad a tres de los CDR acusados de terrorismo

La Audiencia Nacional deja en libertad a tres de los CDR acusados de terrorismo

Les impone una fianza de 5.000 euros para salir de la cárcel

Viernes, 20 de diciembre 2019, 12:15

La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha acordado dejar en libertad bajo fianza de 5.000 euros a tres de los miembros de los Comités de Defensa de la República (CDR) detenidos en Cataluña el pasado 26 de septiembre en la ... denominada 'operación Judas' y acusados de terrorismo.

El tribunal de la calle Génova ha decidido estimar parcialmente los recursos de apelación de Guillem Xavier Duch, Eduard Garzón y Xabier Buigas, a los que, además de la caución, impone como medidas cautelares la obligación de comparecer todos los lunes ante el juzgado de su residencia, la prohibición de salida del territorio nacional, así como la fijación de un teléfono, domicilio y persona de contacto para recibir cualquier tipo de comunicación judicial.

La Sala entiende que de las diligencias practicadas hasta la fecha existe un «elevadísimo índice de verosimilitud acerca» de la intervención de los encausados en el hecho delictivo (pertenencia a una organización terrorista), pero ello no puede por sí justificar la medida cautelar de prisión, pese a la «relevante probabilidad de culpabilidad que concurre en el presente hecho».

En su auto, los magistrados de la Sección Segunda descartan todas las posibles vulneraciones de derechos alegadas por los abogados de los tres supuestos miembros de los Equipo de Respuesta Táctica (ERT), el ala violenta de los CDR; y considera que el Juzgado Central de Instrucción 6 ha cumplido «sobrada y escrupulosamente» con el derecho a la tutela judicial efectiva.

Sin riesgo de huida

El Tribunal recuerda que una medida cautelar como la prisión provisional persigue asegurar la presencia del inculpado en el proceso, así como evitar la destrucción o manipulación de los medios de prueba. Respecto al riesgo de fuga, los magistrados creen que dado el probado arraigo personal, familiar, social y económico que presentan, esta posibilidad es remota.

En cuanto a la ocultación o destrucción de pruebas, los jueces tienen en cuenta que en el momento actual ya han sido practicadas casi la totalidad de las pruebas que inculpan a los encausados, por lo que no existe la posibilidad de que entorpezcan, dificulten o retrasen la investigación. Tampoco que pueden ejercer una influencia directa sobre testigos u otros imputados o peritos. Dos de los autos, los relativos a los recursos de Eduardo Garzón y Xabier Buigas, indican también que debe tenerse en cuenta, tal y como alega el fiscal, su falta de participación material en la fabricación y tenencia de explosivos.

En la vista de apelación celebrada ayer, la Fiscalía pidió que se les mantuviera en prisión, añadiendo no obstante que podría ser procedente la libertad con fianza de 9.000 euros en atención al tiempo transcurrido y a que los encausados no habían participado materialmente en la fabricación y tenencia del explosivo. Por su parte, la acusación popular ejercida por la Asociació Catalana de Víctimes D´organizacions Terroristes (ACTOV) pidió que se mantuviera la situación de prisión incondicional.

La Sala tiene pendiente resolver el recurso de apelación interpuesto por Alexis Codina.

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