Secciones
Servicios
Destacamos
En sus 43 años de historia –que cumple este lunes-, la Constitución ha sido reformada dos veces, en 1992 y 2011. Hace 29 años, se añadió el término «y pasivo» al artículo 13.2 para otorgar a los ciudadanos de la Unión Europea el derecho ... a «ser elector y elegible» en las elecciones municipales. Hace diez años, en los momentos más delicados de la crisis económica, se modificó el artículo 135 para priorizar el pago de la deuda pública en los Presupuestos por encima de otras partidas. El de España es un caso llamativo en Europa dado que otras constituciones también nacidas en la década de 1970, como la sueca o la portuguesa, se han modificado 34 y siete veces.
En los 43 años desde su aprobación, han surgido varias propuestas de reforma, pero nunca han contado con la mayoría parlamentaria suficiente. El listón de reunir tres quintos de los votos en el Senado y el Congreso (procedimiento ordinario) ha sido insalvable. Y no digamos para los casos que exigen un procedimiento agravado cuando los cambios afectan al Título Preliminar, a la Sección Primera del Capítulo Segundo del Título I o al Título II, que además obliga a disolver las Cortes, convocar elecciones y someter los cambios a referéndum.
Título II. De la Corona
Inviolabilidad y sucesión
La inviolabilidad del jefe de Estado está recogida en el artículo 56 de la Constitución («la persona del Rey es inviolable y no está sujeta a responsabilidad»), por lo que requeriría del proceso agravado. Es un asunto muy debatido y sobre el que, incluso, el presidente del Gobierno se mostró favorable en octubre pasado. «No creo necesaria esa condición para el jefe del Estado», señaló.
A pesar de la rotunda opinión, Pedro Sánchez no ha dado ningún paso en esa dirección. Es más, el grupo socialista votó en contra en febrero de una iniciativa en el Congreso para retirar al Rey esta salvaguarda.
En el caso de la sucesión al trono o la regencia en el caso de enfermedad grave del Monarca también existen limbos en la Carta Magna. El artículo 57 destaca la primacía de «el varón a la mujer» en el mismo grado de parentesco, lo que habría generado un serio problema si los Reyes hubieran tenido un tercer hijo hombre, cuyo derecho al trono estaría por delante de la princesa Leonor.
ERC, Junts, CUP, PDeCAT, EH Bildu y BNG han presentado enmiendas a la ley de Memoria Democrática para retirar el título de Rey «por haber sido concedido a Juan Carlos de Bobón por un régimen ilegal». La Constitución establece en el artículo 56.2: «Su título es el de Rey de España y podrá utilizar los demás que correspondan a la Corona». Es un brindis al sol.
Título Preliminar
Autodeterminación
El ejercicio del derecho de autodeterminación (referéndum secesionista) en Cataluña y País Vasco es otra de las reivindicaciones históricas del independentismo. También ha llegado a estar sobre la mesa en numerosas negociaciones de investidura o Presupuestos, pero su discusión siempre ha sido efímera. Es prácticamente inviable porque requeriría del concurso indispensable del PSOE y PP, radicalmente contrarios.
Su modificación afectaría al Título Preliminar de la Constitución (artículo 1.2, que establece la soberanía nacional en el pueblo español, y artículo 2, que proclama «la indisoluble unidad de la Nación española, patria común e indivisible de todos los españoles»).
Título I. Derechos fundamentales
Personas con discapacidad
La reforma con más posibilidades de abrirse paso afecta al artículo 49. Allí se señala que «los poderes públicos realizarán una política de previsión, tratamiento, rehabilitación e integración de los disminuidos físicos, sensoriales y psíquicos...». Un término «anacrónico e hiriente» para el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad.
El pasado mayo, el Consejo de Ministros aprobó el anteproyecto de reforma del artículo 49 para sustituir el término por «personas con discapacidad» y eliminar cualquier tipo de discriminación para este colectivo. Sin embargo, cuando el texto llegó al Congreso en septiembre, tanto Vox como PP presentaron enmiendas a la totalidad al considerar que «no es el momento político oportuno» debido a la presencia en el Gobierno de «partidos que cuestionan la Constitución».
Título IV. Del Gobierno
Elección del presidente
El PSOE es partidario de modificar el artículo 99 de la Constitución, que establece la necesidad de alcanzar al menos una mayoría simple en segunda ronda para conseguir la investidura. Un requisito que provocó la repetición de las elecciones en 2016 y 2019 porque ni Mariano Rajoy primero ni Sánchez después reunieron ese apoyo. Los socialistas quieren emular el modelo vasco y asturiano para que el candidato que más apoyos reciba sea investido presidente del Gobierno.
Todo apunta a que la propuesta seguirá el camino del olvido como tantas otras por la imposibilidad de poner de acuerdo a los dos partidos mayoritarios en cualquier asunto relacionado con los cambios en la Constitución. PSOE y PP se niegan a tocar el texto por el temor a que el nacionalismo vasco y catalán aprovechen la circunstancia para revisar el modelo de Estado y los republicanos usen el resquicio para poner la monarquía en solfa.
Publicidad
Publicidad
Te puede interesar
La bodega del siglo XIV que elabora vino de 20 años y el primer vermut de Valladolid
El Norte de Castilla
Publicidad
Publicidad
Esta funcionalidad es exclusiva para suscriptores.
Reporta un error en esta noticia
Comentar es una ventaja exclusiva para registrados
¿Ya eres registrado?
Inicia sesiónNecesitas ser suscriptor para poder votar.