Las diez noticias imprescindibles de Burgos este lunes 20 de enero
El ex secretario de Estado de Seguridad Francisco Martínez a su llegada a la Audiencia Nacional EP

El juez Pedraz acuerda investigar la "guerra sucia" policial que denunció Podemos

Admite parcialmente la querella del partido morado contra el número dos de Interior con el PP, Francisco Martínez, y cinco mandos policiales por realizar "investigaciones prospectivas" a Pablo Iglesias y otros dirigentes

Mateo Balín

Madrid

Jueves, 22 de febrero 2024, 18:08

El juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz ha admitido parcialmente la querella de Podemos contra los presuntos responsables de la "guerra sucia" policial que denunció el partido morado. El magistrado, con el criterio favorable de la Fiscalía, dirige la investigación contra el que fuera ... secretario de Estado de Seguridad Francisco Martínez, el exdirector Adjunto Operativo (DAO) de la Policía Eugenio Pino y otros altos cargos del Cuerpo por las presuntas "investigaciones prospectivas" y ajenas al control judicial sobre Pablo Iglesias y otros dirigentes de la formación.

Publicidad

En un auto conocido de este jueves, el titular del Juzgado Central de Instrucción número cinco admite la querella de forma parcial, ya que, siguiendo el criterio de la Fiscalía, rechaza encausar al exministro del Interior con el PP Jorge Fernández Díaz, al exdirector general de la Policía Nacional Ignacio Cosidó y a otros responsables policiales.

Cabe recordar que la querella se presentó por delitos de organización criminal, apoderamiento y revelación de secretos, prevaricación administrativa y falsedad documental. También se presentó por malversación y por delito contra las instituciones del Estado, aunque el magistrado desecha estos dos últimos ilícitos penales. Sobre Fernández Díaz o Cosidó señala que los indicios presentados sobre su conocimiento de los hechos son insuficientes por ahora.

En su escrito, Podemos señalaba que los querellados, bajo el liderazgo del entonces secretario de Estado de Seguridad «se ocupaban de realizar investigaciones prospectivas y ajenas a cualquier interés policial, no bajo control judicial o del Ministerio Fiscal sobre las personas que conformaban la organización política». Y apuntaron que Martínez daba cuenta periódicamente al ministro Fernández Díaz, aprovechándose de su condición de autoridad pública y con la colaboración de agentes policiales.

Ocho actuaciones

El objetivo principal, según el partido, era su posterior filtración a los medios de comunicación afines bajo el marchamo de fiabilidad de las «fuentes policiales» y su objetivo final era desprestigiar ante la opinión pública a la formación, atentando de este modo contra la reputación de sus diputados y restantes cargos públicos.

Publicidad

Este modo de operar, indica la querella, se concretó en ocho actuaciones: la investigación al entonces líder del partido Pablo Iglesias en el informe PISA, la filtración de un documento «falsario» de una cuenta a su nombre en el Euro Pacific Bank Limited o la manipulación de documentos o registros policiales internos para otorgar apariencia de legalidad a la actuación de los querellados.

En su auto, el juez Pedraz explica que una vez examinada la querella y verificado que algunos de los hechos serían competencia de la Audiencia Nacional y constitutivos de posible infracción penal procede su admisión. Una de las primeras diligencias es pedir a su compañero Manuel García Castellón información que obra en el 'caso Villarejo' relativas al examen del contenido de los mensajes que hubiera en el móvil de Francisco Martínez.

Publicidad

En cuanto a las diligencias solicitadas por Podemos, el magistrado rechaza las declaraciones testificales de periodistas por cuanto se refieren a las fuentes de información de los medios, «no estando obligados a declarar los profesionales del periodismo sobre las mismas». Pedraz añade que tampoco aparece en el relato de hechos que los medios participaran en la difusión de noticias falsas a sabiendas que lo eran, por lo que su actividad está amparada por el secreto profesional y por el artículo 20 de la Constitución, que reconoce el derecho a la información.

Este contenido es exclusivo para suscriptores

Disfruta de acceso ilimitado y ventajas exclusivas

Publicidad