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David Sánchez de Castro
Miércoles, 28 de febrero 2024, 20:32
Las protestas de los agricultores que están recorriendo España de norte a sur tienen, entre otros focos, la entrada de productos extranjeros y especialmente de los países norteafricanos en su foco. La falta de protocolos de seguridad en torno a las mercancías marroquíes ... , por ejemplo, ha hecho estallar a buena parte de los trabajadores del campo y también a los transportistas, que sienten que no juegan con las mismas reglas. Y desde la última visita de Pedro Sánchez a Marruecos, aún menos.
Y es que, entre otras cuestiones, el presidente español y el Rey Mohamed VI han firmado el acuerdo sobre un asunto clave como son las convalidaciones de los carnets de conducir entre ambos países. Según queda constatado en un acuerdo en el Consejo de Ministros del día 6 de febrero, el Gobierno ha accedido a la petición que realizó la DGT en 2019 en nombre de los representantes de las empresas de transporte españolas, que buscaban paliar la falta de camioneros cualificados para trabajar en el sector.
El reconocimiento recíproco de los carnets de coche, el B, ya existía desde 2004. Desde entonces, un español al volante de su coche podía cruzar a Marruecos y conducir por allí sin necesidad de ninguna convalidación y viceversa, como bien queda claro cada verano con el paso del Estrecho. No era así sin embargo en el caso de camiones, camiones con remolque y autobuses: el carnet de Marruecos no les valía en España. Hasta ahora.
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El cambio se ha producido, como acordaron en la citada reunión del Consejo de Ministros, sobre un punto concreto. «En febrero de 2019, la Dirección General de Tráfico propuso la modificación del punto 4 del Acuerdo entre el Reino de España y el Reino de Marruecos sobre el reconocimiento recíproco y el canje de los permisos de conducción nacionales», explican.
El punto 4 de aquel acuerdo de 2004 estipulaba específicamente que «los conductores marroquíes que soliciten el canje de los permisos de conducción equivalentes a los españoles de las clases C, C + E, D y D + E (los de camiones y autobuses) (...) deberán realizar las pruebas teóricas de control de conocimientos específicos vigentes en España. Si se tratara de permisos equivalentes a los españoles de las clases C, C + E, D y D + E, sus titulares deberán realizar, además, una prueba de circulación en vías abiertas al tráfico general, utilizando un vehículo o conjunto de vehículos cuya conducción autorizan dichos permisos».
Es decir: un camionero marroquí debía sacarse el carnet de conducir español equivalente al vehículo que quisera llevar. Eso va a cambiar a partir de ahora.
Consejo de Ministros
Reconocimiento recíproco de los permisos de conducción entre España y Marruecos
«La propuesta busca eliminar los retos existentes en materia de cobertura de vacantes de conductores cualificados para trabajar en el sector, tal y como habían solicitado representantes de las empresas españolas dedicadas al transporte por carretera, tanto de pasajeros como de mercancías», acordaron.
En cuanto se cumplan los plazos, un camionero procedente de Marruecos con su carnet en regla podrá conducir por España sin ningún tipo de convalidación de su licencia, ya que será legal la que se haya sacado en su país. De igual manera, un camionero español podrá hacer lo mismo por las carreteras del reino alauí.
La DGT tiene una lista de convalidaciones que establece qué países necesitan pruebas para convalidar los carnets y cuáles no. En todo el territorio de la Unión Europea están convalidados sin tener que realizar un examen.
Suiza
Andorra
Corea del Sur
Japón
Mónaco
Reino Unido e Irlanda del Norte
Nueva Zelanda
Argentina: Sólo circulación para permisos C, C+E y D
Colombia: Circulación y teórica para permisos C, C+E y D
Ecuador: Circulación y teórica para permisos C, C+E y D
Uruguay: Sólo teórica para permisos C1. Sólo circulación para permisos D. Circulación y teórica para permisos C y C+E. No es necesario prueba para D1
Perú: Sólo circulación para permisos C1, C1+E, C, C+E, D1, D1+E, D y D+E
Marruecos***: Circulación y teórica para permisos C, C+E, D, D+E
Chile: Sólo circulación para permisos C1, C1+E, C, C+E, D1 y D. No es necesario prueba para D1+E y D+E
Argelia: Circulación y teórica para permisos C1+E, C, C+E, D y D+E
República Dominicana: Circulación y teórica para permisos C1, C, C+E, D1 y D
Paraguay: Circulación y teórica para permisos C1, C1+E, C, C+E, D1, D1+E, D y D+E
Bolivia: Circulación y teórica para permisos C1, C1+E, C, C+E, D1, D1+E, D y D+E
Filipinas: Circulación y teórica para permisos C1, C1+E, C, C+E, D1, D1+E, D y D+E
Guatemala: Circulación y teórica para permisos C1, C1+E, C, C+E, D1, D1+E, D y D+E
Brasil: Circulación y teórica para permisos C1, C1+E, C, C+E, D1, D1+E, D y D+E
Serbia: Circulación y teórica para permisos C, C+E, D y D+E
El Salvador: Circulación y teórica para permisos C1, C1+E, C, C+E, D1, D1+E, D y D+E
Turquía: Circulación y teórica para permisos C1, C1+E, C, C+E, D1, D1+E, D y D+E
Ucrania: Sólo circulación para permisos C1, C1+E, C, C+E, D1, D1+E, D y D+E
Túnez: Circulación y teórica para permisos C, C+E, D y D+E
Macedonia del Norte: Circulación y teórica para permisos C1, C1+E, C, C+E, D1, D1+E, D y D+E
Nicaragua: Circulación y teórica para permisos C1, C, C+E, D1, y D
Panamá: Circulación y teórica para permisos C1, C, C+E, D1, y D
Costa Rica: Sólo circulación para permisos C1, C, C+E, y DSuiza
Marruecos saldrá pronto de esta lista, pero no hay una fecha concreta. En el Consejo de Ministros, solo estipularon unos plazos genéricos, que serán «transcurridos treinta días a partir de la fecha de recepción de la nota verbal de la Embajada del Reino de Marruecos y entrará en vigor en la fecha de recepción de la última notificación por la que las partes se comuniquen el cumplimiento de los procedimientos internos necesarios para la entrada en vigor del acuerdo».
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