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S. M.
Miércoles, 4 de mayo 2022, 00:51
Como el resto de conductores, los ciclistas deben conocer y respetar las normas de circulación. Estas son las principales y las sanciones que conllevan en caso de infringirlas. Una de ellas es no beber alcohol y coger la bicicleta, como en cualquier otro vehículo.
Y la tasa máxima de alcoholemia para los conductores en general (0.5 g/l de alcohol en sangre o de alcohol en aire espirado superior a 0.25 miligramos por litro) también afecta a los ciclistas. Igualmente están obligados, como otros conductores, a someterse al test de alcoholemia si son requeridos por un agente.
En #bici, obligatorio señalizar maniobras: giros, cambios de sentido y de carril.
— Dir. Gral. Tráfico (@DGTes) May 3, 2022
En ciudad y carretera, recomendable circular por carriles bici si están disponibles.
A los #ciclistas también les afecta la tasa máxima de alcoholemia.
👉https://t.co/XyLTQl9j7Q pic.twitter.com/6ApFuHxYzI
En caso positivo, la sanción puede ir desde los 500 euros hasta alcanzar los 1.000 euros (según la tasa y la reincidencia). Eso sí, aunque sea una cifra que le saldrá cara a tu bolsillo, no te restará puntos del carné de conducir.
RECUERDA las tasas máximas de alcoholemia permitidas para conducir.
— Dir. Gral. Tráfico (@DGTes) May 1, 2022
PERO la única tasa segura es 0,0%. Aun con tasas dentro de los márgenes legales permitidos, el riesgo de provocar un accidente puede verse incrementado.#SiConducesPonteACero pic.twitter.com/l6tVwuIx2m
De hecho, la legislación española impone sanciones muy severas para las personas que conduzcan bajo los efectos del alcohol o las drogas. Se puede considerar como una sanción administrativa e incluso como un ilícito penal. La simple detección de drogas en el organismo, que deriva en una sanción independientemente del grado o el nivel de consumo o del tipo de droga, podría conllevar un ilícito penal.
Asimismo, resaltar que esta norma, según la nueva Ley de Tráfico que entró en vigor el pasado 21 de marzo, no afecta a todos los conductores por igual. En el caso de los menores de 18 años, que sí pueden circular con ciclomotores y cuadriciclos ligeros, patinetes eléctricos, bicicletas y motos de menos de 125 cc... no se podrá detectar la más mínima cantidad de alcohol.
Esto significa un 0,0 g/l en sangre y 0,0 mg/l en aire espirado. Esta nueva infracción acarreará el mismo tipo de sanción, que oscila entre los 500 y los 1.000 euros.
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