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La limitación de velocidad a 30 y 20 km/h castiga los motores diésel y eleva el consumo

La limitación de velocidad a 30 y 20 km/h castiga los motores diésel y eleva el consumo

Circular a bajas velocidades en zonas urbanas provocará problemas con el filtro antipartículas y una de las piezas de mayor desembolso: el embrague

N. Soage

Madrid

Jueves, 12 de noviembre 2020, 01:13

El Consejo de Ministros ha aprobado este martes un real decreto que modifica tanto el Reglamento General Circulación como el Reglamento General de Vehículos en el que se establecen nuevos límites a la circulación en zonas urbanas. En las vías de un único carril por ... sentido de circulación, la velocidad máxima se reducirá de 50 hasta los 30 kilómetros por hora; y en las vías que dispongan de plataforma única de calzada y acera, hasta los 20. Según recogen los informes que maneja la Dirección General de Tráfico, la reducción de la velocidad en las zonas urbanas tiene un efecto directo en la reducción de la siniestralidad, sin que como efecto negativo se produzca un ralentización del tráfico.

Desde el punto de vista de la seguridad vial, «los efectos son innegables. La ciencia indica que cuando un vehículo atropella a un peatón a 50 km/h sobrevive el 50 por ciento. Y cuando el atropello es a 30 km/h, apenas fallece el 5», asegura Ramón Ledesma, asesor de PONS Seguridad Vial, a este diario. De hecho, argumenta que la velocidad media en la actualidad dentro las ciudades «apenas llega a los 15 km/h». «No parece, por tanto, que un límite 30 venga a destrozar muchos tiempos de recorrido diarios», añade.

Además, tomando de referencia ciudades con limitaciones como Pontevedra o Bilbao, se ha determinado que la contaminación acústica se reduce de manera drástica, hasta 3 decibelios, se reducen las emisiones de humo contaminante, así como el tiempo de reacción del conductor. Por ejemplo, si un niño surge delante del coche a 12 metros aproximadamente a una velocidad de 20 es posible pararse totalmente, si la velocidad fuese de 50, solo se tiene tiempo para reaccionar pero no para frenar.

  • Ai un niño surge delante del coche a 12 metros, a una velocidad de 20 es posible pararse totalmente. Si la velocidad fuese de 50, solo habría tiempo para reaccionar, pero no para frenar

No obstante, expertos subrayan el castigo mecánico y en el sobrecoste el combustible para el usuario que supone circular a bajas velocidades. Concretamente, el experto de Autocasión, Rubén Fidalgo, explica que estos límites afectarán «al nivel de eficiencia del coche y a la aparición de problemas en los filtros antipartículas (FAP)». «Específicamente, puede aparecer un exceso de hollín de la combustión que tapona rápidamente los filtros antipartículas, lo que dispara el consumo de combustible y provoca que se desgaste rápidamente. Un problema que afecta especialmente a los vehículos diésel empleados en un uso urbano, ya que el motor nunca suele funcionar por encima de 2.000 rpm; y hay que tener en cuenta que un filtro FAP puede costar entre 4.000 y 5.000 euros, mucho más que todo lo que haya podido ahorrar en combustible el propietario del vehículo», especifica. Eso sí, resalta que circular a 20 km/h para los coches híbridos y eléctricos «son todo ventajas». «Conseguirán un consumo menor y un mayor rango de autonomía», concluye.

Por su parte, Mar Calderón, directora de Infotaller, determina que «el coche sufre mucho más en ciudad», y, en concreto, «el embrague, que al circular en entornos urbanos constantemente, aumentan las probabilidades de que falle». Y se trata de una de las piezas que mayor desembolso implica: «La sustitución del embrague y su instalación es un proceso complicado, y su precio oscila, dependiendo del modelo del vehículo, desde los 500 hasta los 1.300 euros», subraya.

Aumento de las sanciones

También, como consecuencia de una mayor reducción de los límites de velocidad, cabe resaltar la novedosa tipificación como infracción grave «llevar en el vehículo» mecanismos de detección de radares o cinemómetros, lo que supondrá la sanción de 500 euros y la pérdida de tres puntos. En la actualidad solo está sancionado el uso de dichos dispositivos durante la conducción, pero la experiencia ha demostrado que, ante un control vial, los conductores los desactivan para impedir que los agentes de Tráfico puedan acreditar su utilización, por lo que una vez aprobada la reforma se sancionará su mera tenencia. Por lo tanto, hay que diferenciar entre avisar, detectar e inhibir. Los GPS (o aplicaciones como Google Maps o Waze) incluyen una base de datos con la situación de los radares fijos y de tramo de las carreteras españolas, los sitúan en el mapa y alertan al conductor de la proximidad del mismo, por lo que su uso es legal.

Por el contrario, un inhibidor, que rastrea los radares y anula su funcionamiento está sancionado con hasta 6.000 euros y 6 puntos. Al igual que un detector, que también rastrea y localiza los radares próximos, cuyo uso está prohibido y se sanciona con 200 euros y la retirada de 3 puntos.

Asimismo, el objetivo último del anteproyecto es aumentar los comportamientos seguros al volante. Por ello, como consecuencia, se aumenta de 3 a 6 los puntos a detraer por conducir sujetando con la mano dispositivos de telefonía móvil –en lugar de los tres puntos actuales–. Es más, ahora se podrán imponer sanciones por manipular el teléfono móvil en el coche, incluso aunque estemos parados, por ejemplo, en un semáforo en rojo o en un atasco.

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