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Madrid
Lunes, 31 de enero 2022
La Dirección General de Tráfico (DGT), con el objetivo de regular los vehículos de movilidad personal (VMP), de los que ya hay más de 1 millón circulando cada día por las ciudades, ya no dejará circular una serie de vehículos que no cumplan las ... especificaciones técnicas recogidas en el Manual de características de los vehículos de movilidad personal (recogido en el Boletín Oficial del Estado) para poder circular por las vías; así como la obligación de que dichos vehículos hayan sido certificados por los organismos competentes. En concreto, aquellos que se comercialicen a partir del 22 de enero de 2024.
En primer lugar, destacar que se denomina VMP a un vehículo de una o más ruedas dotado de una única plaza y propulsado exclusivamente por motores eléctricos (baterías de hasta 100 VCC y con un cargador integrado de hasta 240 VCA de entrada) que pueden proporcionar al vehículo una velocidad máxima por diseño comprendida entre 6 y 25 km/h y que sólo pueden estar equipado con un asiento o sillín si están dotados de sistemas de autoequilibrado.
Esta definición excluye a los vehículos para personas con movilidad reducida, a los juguetes, a las EPAC y aquellos vehículos tipificados como 'L' según el Reglamento 168/2013 de la UE. Los VMP al ser autopropulsados exclusivamente por motor eléctrico, les corresponde la clasificación ambiental CERO emisiones y están exentos de llevarlo visible.
-La velocidad máxima a la que podrán circular es de 25km/h, velocidad a la que el motor dejará de impulsar al vehículo. Además, dispondrá de sistemas de antimanipulación tanto para la velocidad como para la potencia.
-Deberán disponer de un indicador de información visible en el que conste la velocidad a la que va y el nivel de batería
-Sistema de frenado: todos los vehículos destinados al transporte personal deberán disponer de dos frenos independientes, con una desaceleración mínima de 3,5 m/s2.
-Además, los vehículos de más de 2 ruedas deberán disponer de freno de estacionamiento.
-Visibilidad: los vehículos de movilidad personal deben estar equipados de catadióptricos frontal (blanco), en ambos laterales (blanco o color amarillo auto) y traseros (rojo). Además la luz de freno deberá estar diferenciada o combinada con la luz trasera.
-Para los VMP para transporte de mercancías u otros servicios deberán llevar reflectantes laterales de color amarillo auto y traseros de color rojo, en aristas y vértices de la carga, que permitan señalizar y distinguir claramente en situaciones de baja visibilidad tanto la altura como la anchura de la misma.
-Además, estos vehículos de mercancías u otros servicios, deberán llevar instalados obligatoriamente indicadores de dirección delanteros y traseros, conocidos popularmente como intermitentes. También deberán llevar retrovisores y asistente de marcha atrás.
-Avisador acústico para todo tipo de VMP y en el caso de mercancías u otros servicios deberán llevar también avisador de marcha atrás.
-Sistema de estabilización en aparcamiento: con el objetivo de evitar los VMP caídos en medio de las calles y guardar un cierto orden en las ciudades, se ha establecido la obligatoriedad para los VMP con menos de 3 ruedas de disponer de un sistema de estabilización consistente en una pata de cabra lateral o caballete central mientras están aparcados.
-Se establece en 203,2mm el diámetro mínimo establecido de las ruedas y deben ser de superficie rugosa de modo que permita la adherencia al terreno. En ningún caso se permitirá la utilización de neumático liso.
-Plegado seguro: los VMP deberán disponer de un doble sistema de seguridad para que queden bien acoplado mientras se lleva recogido y evitar aperturas involuntarias.
-Todos los VMP deberán disponer de un marcaje de fábrica único, permanente, legible y ubicado de forma claramente visible con información sobre la velocidad máxima, el número de serie, el número de certificado, el año de construcción y la marca y modelo.
-Porta Identificador: los VMP deberán llevar en la parte trasera del mismo un espacio para llevar una identificación o etiqueta de registro.
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