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Lidia Carvajal

Valencia cuenta con un 76% de población asegurada: cómo reclamar indemnizaciones por la Dana

El Consorcio de Compensación de Seguros, encargado de gestionar las indemnizaciones, ya ha recibido más de 46.000 solicitudes a un ritmo sin precedentes

Lunes, 4 de noviembre 2024, 13:11

Viviendas, coches, negocios, campos enteros de cultivo… la Dana ha dejado a su paso una dramática devastación que supondrá el siniestro climático más costoso de la historia de España, superando incluso los 821 millones que el Consorcio Nacional de Seguros pagó en 1983 por las inundaciones que afectaron especialmente al País Vasco, Navarra y Cantabria.

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Este organismo, encargado de gestionar las indemnizaciones, ya había recibido -con datos actualizados en la mañana del 5 de noviembre- un total de 72.125 solicitudes, de las que ya se están tramitando uinas 30.000 y que se comenzarán a pagar esta misma semana, según informó el Ministerio de Economía.

El Consorcio de Compensación de Seguros ha movilizado a 495 peritos para tasar los daños, que afectan sobre todo a vehículos y automóviles, para los qeu se han recibido 44.203 solicitudes de indemnización. En el caso de viviendas y comunidades de propietarios, el número asciende a 21.405, muy por encima de las solicitudes realizadas por comercios (4.635), oficinas (307) y obras civiles (12 solicitudes de indemnización).

El dato positivo, si se puede encontrar uno entre tanta tragedia, es que, según datos de Unespa -la patronal del sector asegurador- la Comunidad Valenciana tiene una tasa de aseguramiento de viviendas del 76% (77,4% en la provincia de Valencia), por encima de la media en España.

«Todas esas personas aseguradas van a poder hacer uso de su seguro para poder recibir las indemnizaciones del Consorcio», indicaba esta semana Mirenchu del Valle, presidenta de Unespa. Así, contar o no con un seguro privado marcará la diferencia a la hora de poder reclamar por las consecuencias de la Dana.

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  1. ¿Dónde presentar las solicitudes?

Los afectados deben hacerlo ante el consorcio de Compensación de Seguros, que depende del Ministerio de Economía, aunque el importe de las indemnizaciones dependerá de lo que cada asegurado tenga firmado con su aseguradora privada.

Aunque hay un plazo de siete días para presentar el parte ante el Consorcio, el organismo ya ha indicado que no tendrá en cuenta ese plazo, recordando que en otras catástrofes se han llegado a tramitar solicitudes incluso un año después de una catástrofe natural. En todo caso, conviene hacerlo cuanto antes, a través de la página web www.consorseguros.es o del teléfono 900 222 665.

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Cómo solicitar la indemnización en el Consorcio en 5 pasos:

  • Presentar la solicitud a través del 900 222 665 (de 09.00 a 18.00 horas) y www.consorseguros.es

  • Datos que se requerirán del asegurado: entidad aseguradora y número de la póliza; nombre y apellidos o razón social, NIF o CIF, dirección y teléfonos de contacto; datos bancarios para el pago de la indemnización. En vehículos: marca, modelo y matrícula del vehículo dañado.

  • El perito de seguros asignado por el Consorcio para la valoración de las pérdidas se pondrá en contacto con el solicitante para acordar una visita y examinar los daños.

  • Conservar los restos de los bienes dañados a disposición del perito y, si no resultara posible, sacar fotografías antes de la retirada de los mismos.

  • Conservar las facturas en caso de que se tuviera que realizar de forma urgente alguna reparación.

  1. Coches y vehículos

En el caso de los coches, con seguro obligatorio, todos con póliza en vigor estarán cubiertos, incluso a terceros, aunque el pago será una estimación del valor real del automóvil. Los daños ocasionados por el granizo sobre la chapa y las lunas de los vehículos serán indemnizados por la aseguradora si el vehículo incluía la cobertura de rotura de lunas (cristales) o de daños propios (cristales y chapa).

  1. Viviendas

Para las viviendas, los importes desembolsados no podrán superar en ningún caso el valor del bien destruido o del límite estipulado en el contrato. En todo caso, los seguros de hogar (asumidos por el Consorcio) cubrirán los daños en el interior de la vivienda (paredes, puertas, ventanas, techos, forjados, estructura...) y su contenido (muebles, electrodomésticos y enseres que hubiera dentro).

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Por otro lado, el seguro de la comunidad de propietarios: cubre los daños en las zonas comunes del edificio (portal, escaleras, ascensores, cuartos de instalaciones, jardines, piscina...). Está cubierto tanto el continente (paredes, puertas, ventanas, techos, forjados, estructura...) como el contenido (mobiliario del portal, decoración de las zonas comunes...).

Los propietarios que destinaban su vivienda o local a alquiler y lo tenían así especificado en su contrato de seguro, podrían recibir una indemnización por la pérdida de las rentas en las condiciones estipuladas en el contrato (importe, días...).

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  1. ¿Y si me he quedado sin casa?

Es posible que los seguros de los propietarios de viviendas que tuvieran un seguro de hogar incluyan la cobertura de inhabitabilidad. En estos casos, su aseguradora les proporcionará ayuda para buscar un alojamiento temporal. Habitualmente, para unos días. El alcance de esta protección dependerá de las condiciones estipuladas en el contrato (importe, días, etc.). «Es importante conservar los recibos de los gastos en que se incurra para acreditarlos después», añaden los expertos.

  1. ¿Qué pasa con mi negocio?

Para las empresas de comercio, empresas e industrias estarán cubiertos los daños de continente del local y su contenido. Desde la patronal indican que «si la póliza incluía la cobertura de pérdida de beneficios por inundación por parte del Consorcio, el negocio asegurado podrá recibir una indemnización por la paralización de su actividad empresarial en las condiciones estipuladas en el contrato (importe, días...) por tratarse de un daño material».

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En el caso del sector agrario, con fuerte afectación en la región, la implantación del seguro también es importante en las zonas afectadas. Por ejemplo, supera el 50% de la producción de cítricos de la Comunidad Valenciana o el 90% en el caso del caqui, según datos de Unespa.

  1. Otros casos

Cabe recordar que si los daños por el temporal o por el evento extremo han sido causados por la rotura de un elemento ajeno al vehículo o a la vivienda afectadas (como una presa, un tejado o un árbol), no lo cubrirá ni la póliza ni el Consorcio, sino el seguro de responsabilidad civil de la entidad o la persona propietarias de ese elemento, por lo que es necesario ponerse en contacto con ellos para reclamar.

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Más allá de los bienes materiales, si una persona que ha resultado lesionada tenía un seguro de accidentes, el Consorcio también le compensará. Lo mismo para los fallecidos y beneficiarios designados en contrato si había contratado un seguro de vida.

  1. ¿Son compatibles las indemnizaciones con ayudas públicas?

Sí. Las ayudas públicas son compatibles con las indemnizaciones que correspondieran en virtud de un seguro sin que en ningún caso el importe total de todos los pagos pueda superar el valor del daño producido. Cabe recordar también que las indemnizaciones y las ayudas públicas están exentas de impuestos.

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El Plan de Seguros Agrarios especifica que todo lo que es susceptible de ser asegurado no es objeto de ayudas públicas.

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