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Manifestación de los trabajadores de PCB. jordi alemany

El Supremo declara nulo un despido colectivo tras un ERTE por la pandemia

La empresa vasca PCB, perteneciente a ITP Aereo, tendrá que readmitir a los 83 trabajadores afectados

ana barandiaran

Bilbao

Miércoles, 23 de febrero 2022, 18:35

El Tribunal Supremo confirmó ayer que los 83 despidos en PCB, perteneciente a ITP Aero, son nulos y, por tanto, la empresa deberá readmitir a los trabajadores afectados de las plantas de Barakaldo y Sestao, tal y como había considerado ya el Tribunal Superior de ... Justicia del País Vasco (TSJPV), contra cuya resolución recurrió la empresa aeronáutica vasca. Aunque habrá que esperar unos días para conocer la sentencia al completo, el Supremo ya ha adelantado en una nota el sentido del fallo.

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En concreto, considera admisible despedir por «causas económicas, técnicas y organizativas ligadas al covid», siempre que se demuestre que «son realmente estructurales y no meramente coyunturales».

Pero en el supuesto enjuiciado, esto es, los despidos en PCB, «al no haber acreditado la empresa que concurra una situación estructural, debió haber articulado medidas de flexibilidad interna y no externa», es decir, un ERTE.

Justificación

El Alto Tribunal no se pronuncia, no obstante, sobre el polémico criterio del Superior vasco de anular los despidos cuando considere que se ha vulnerado la denominada prohibición de despedir por causas coyunturales ligadas al covid.

Ese criterio, adoptado por mayoría de la Sala de lo Social del TSJPV, solo rige en Euskadi y Asturias, mientras que el resto de las comunidades autónomas considera que en esos casos los despidos deben ser calificados de improcedentes.Para justificar la nulidad, el Supremo alude a otro argumento que no tiene nada que ver con ese debate.

Dice que «existen indicios de la vulneración de la garantía de indemnidad» porque la compañía metió el ERE después de que el Superior vasco declarase nulo el ERTE que se aplicó en primavera. Es decir, que fue una represalia y, por tanto, eso conduce a que el despido sea declarado nulo.

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El caso de PCB fue juzgado por la sección del Superior vasco liderada por Juan Carlos Iturri, que consideró que el ERE había vulnerado la denominada «prohibición de despedir por causas ligadas al covid». Lo hizo al entender que los problemas de la empresa no tenían carácter estructural, sino que venían derivados del parón que la pandemia provocó en los fabricantes de aviones. Tras recordar que la legislación obligaba a recurrir a los ERTE, aplicó el criterio aprobado por mayoría en la Sala de la Social del TSJPV por el que se anulan los despidos en estos casos en vez de declararlos improcedentes.

Esto es lo que ha debatido en el Supremo, aunque para entenderlo bien es mejor empezar por el principio. Lo que dice la legislación impulsada por el Gobierno de Sánchez es que no se pueden alegar las causas coyunturales ligadas al covid, ya cubiertas con el paraguas de los ERTE, para despedir. Pero este artículo deja muchas incógnitas sin despejar que el Ejecutivo no ha querido aclarar. Por ejemplo, ¿puede una empresa despedir si ya arrastraba problemas antes del covid y la pandemia solo los ha agravado? ¿Y si el efecto ha sido tan grave que durará muchos años? Aunque el dilema mayor es cómo actuar si el juez concluye que el despido no es correcto porque se debe a causas coyunturales vinculadas al covid. ¿Debe anularlo o declararlo improcedente?

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En el caso de PCB, la sección de Iturri concluyó que el ERE vulneraba ese supuesto veto a los despidos porque, a pesar de que la empresa acumulaba pérdidas desde 2018, «su situación previa no era realmente negativa». E iba más lejos al advertir que veía muy poco margen para despedir porque casi todos los problemas estaban ligados al covid.

Votación ajustada

Entonces aplicaba el criterio del Superior vasco de la nulidad, que ya se había decidido en una votación previa en la Sala de lo Social y que, según fuentes jurídicas, salió adelante con un estrecho margen de cinco votos frente a cuatro. Su presidenta, Garbiñe Biurrun, defendió esta decisión en una entrevista con EL CORREO: «Anular los despidos ligados al covid es la única forma de respetar el espíritu de la ley». Y añadió que «este tribunal ha podido dar interpretaciones que han podido sonar bizarras, e incluso ridiculizadas, que luego han sido validadas por el Supremo».

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La sentencia que anuló el ERE de PCB, con un voto particular en contra, llegó apenas unos días después de que otra sección del Superior vasco, la liderada por Jesús Pablo Sesma, considerase procedente el despido colectivo en Aernnova, también del sector aeronáutico, al considerar que había motivos estructurales. Estas diferencias, sumadas al discurso de Biurrun, causaron gran malestar entre los empresarios vascos, que denunciaron la inseguridad jurídica generada. Ha habido otras sentencias con ERE anulados, como el de Tubacex, pero este expediente no ha pasado al Supremo porque empresa y trabajadores llegaron a un acuerdo al final.

En PCB no habido pacto alguno. La empresa ha mantenido el recurso, mientras que los cuatro sindicatos que impugnaron el ERE –CC OO, UGT, LAB y ELA– criticaron con dureza su decisión de no reincorporar a los trabajadores despedidos tras la sentencia y pagarles el salario en sus casas. También han censurado que el ajuste buscaba facilitar la venta de ITP Aero por parte de Rolls Royce. La británica alcanzó un acuerdo en agosto con el fondo estadounidense Bain para traspasarle el grupo vasco por 1.600 millones, una operación sobre la que aún quedan incógnitas que resolver.

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