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J. M. L.
Albacete
Viernes, 27 de noviembre 2020, 16:51
El Juzgado de lo Social número 2 de Albacete ha amparado a un delegado sindical de la Mancomunidad de Canales del Taibilla, organismo dependiente del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, a quien sus superiores impidieron disponer de sus horas sindicales para ... comprobar el estado de los equipos de protección individual (EPI) de sus compañeros de las estaciones de tratamiento de Agua Potable de la Confederación Hidrográfica del Segura en la provincia de Albacete.
La sentencia, pionera en España en cuanto a la vulneración de derechos sindicales durante la pandemia por la Covid-19, «sienta un precedente importante», según Juan Francisco Zamora, responsable de CC.OO. en la Administración General del Estado en Albacete. Fue la Asesoría Jurídica de este sindicato la que denunció el caso en los tribunales reclamando la tutela de derechos fundamentales para este delegado de la estación depuradora de Letur (Albacete).
En un primer momento se aprobó su petición pero días después le fue denegada. Según Juan Francisco Zamora, «la autorización del uso de horas sindicales no está sujeta a la autorización previa por parte de la empresa, por lo que la solicitud es para el aviso pero nunca para la autorización como bien se recoge en la Ley de Libertad Sindical».
La sentencia declara nula la decisión del director de la Mancomunidad de Canales del Taibilla por vulneración del derecho fundamental a la libertad sindical a quien CC.OO. advirtió en un escrito que estaban vulnerando y coartando los derechos fundamentales del delegado sindical. «Tras recibir nuestra comunicación, el director nos respondió con argumentos infundados e inoperantes y se le volvieron a denegar las horas sindicales», explicó Zamora, motivo por el que el sindicato decidió acudir a la Justicia, que ahora ha dado la razón al trabajador.
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