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Un repartidor de Glovo por las calles de Barcelona. Reuters
Un juzgado de Barcelona investiga a Glovo por presunto delito contra derechos de los trabajadores

Un juzgado de Barcelona investiga a Glovo por presunto delito contra derechos de los trabajadores

La Fiscalía ha denunciado al fundador y CEO de la empresa, Óscar Pierre, por «no garantizar un salario profesional conforme a la jornada de trabajo realizada», con el consiguiente perjuicio añadido a las arcas de la Seguridad Social

R. C.

Martes, 2 de julio 2024

El Juzgado de Instrucción número 31 de Barcelona investiga a Glovo, compañía dedicada al reparto de diferentes productos a domicilio –fundamentalmente comida- por un presunto delito contra los derechos de los trabajadores, a raíz de una denuncia presentada por la Fiscalía contra el fundador y CEO de la empresa, Óscar Pierre. El Ministerio Público afirma que la empresa «menoscaba y suprime» los derechos de los trabajadores por la condición de falsos autónomos de los repartidores, a los que se conoce como 'riders', por lo que pide que se cite a declarar a Pierre en calidad jurídica de investigado.

«Glovo utiliza trabajadores a los que exige su alta en el régimen especial de trabajadores por cuenta propia de la Seguridad Social, estableciendo con ellos una relación en apariencia mercantil que le permite reducir sus costes empresariales», señala la Fiscalía en su escrito que ha motivado la apertura de diligencias previas en vía judicial. Añade que esa reducción de costes se produce «al no garantizar un salario profesional conforme a la jornada de trabajo realizada y poder dejar de ingresar a la Seguridad Social las cantidades correspondientes a las cotizaciones laborales de tales personas», informa Europa Press.

También apunta el Ministerio Público en su denuncia el Tribunal Supremo, así como otros órganos judiciales, han reconocido con anterioridad la naturaleza laboral entre Glovo y sus trabajadores. Y lo mismo ha pasado en una veintena de juzgados en distintos puntos del país que han determinado esa relación, en su mayoría en procesos de despido.

«Obligar» a sus 'riders' contra las sentencias

En cualquier caso, «a pesar» de esos precedentes legales en contra de su modelo administrativo de trabajo y los incumplimientos legales en que incurriría, la Fiscalía afirma que Glovo «continúa manteniendo la misma relación de trabajo con sus trabajadores, incluso en fecha posterior a 12/01/2023». Y por esa razón, apostilla, dichos repartidores «se siguen viendo obligados a darse de alta como autónomos y a abonar sus propias cotizaciones si quieren continuar prestando los servicios para la empresa».

Todas esas actuaciones de la compañía, según denuncia el Ministerio Público, «constituyen una práctica que no autoriza la legislación laboral y que menoscaba y suprime los derechos que aquella reconoce a los trabajadores por cuenta ajena, tales como los relativos a salario, jornada, descansos, permisos, vacaciones o protección de la Seguridad Social».

En este sentido hace referencia a las advertencias hechas por la Inspección de Trabajo para comprobar si la relación laboral por cuenta ajena había sido reconocida por Glovo, que «no acreditó en sus respuestas ninguno de los anteriores extremos, limitándose a contestar que la relación inicial que unía a las partes no se mantenía en el momento de procederse al requerimiento».

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