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Los Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) por fuerza mayor quedan autorizados en caso de que haya silencio administrativo. Así lo reguló el Gobierno en la norma aprobada el pasado mes de marzo para que las suspensiones de empleo pudieran utilizarse de forma rápida ... y generalizada ante la crisis de la Covid-19 y así lo ampara ahora la Audiencia Nacional. Es decir, que en el caso de que la autoridad laboral no se pronuncie en el plazo de tiempo estipulado por el Ejecutivo, cinco días desde la presentación de la solicitud, ese silencio administrativo se entiende como positivo y, por tanto, se da por aprobado dicho ERTE.
En una sentencia fechada el pasado 15 de marzo, la primera sobre esto, la sala de lo Social de la Audiencia Nacional avala un ERTE por fuerza mayor de una empresa de escuelas de educación infantil que había sido recurrido por CC OO. El tribunal rechaza la pretensión del sindicato de que se declarara nulo el ERTE solicitado por la empresa a la Dirección General de Empleo del Ministerio de Trabajo y Economía Social, con efectos desde el 16 de marzo y que afectaba a 187 trabajadores en Galicia, Murcia, Castilla-La Mancha, Canarias y Valencia.
La empresa explicaba en su solicitud que la totalidad de los ingresos provienen de la explotación de centros de educación infantil de titularidad pública, desarrollados a través de contratos públicos con las administraciones titulares de los centros, actividad que quedó paralizada el 14 de marzo tras la declaración del estado de alarma.
El 18 de marzo, la empresa solicitó a la autoridad laboral la autorización de expediente de regulación de empleo de suspensión de los contratos de trabajo. Al no recibir respuesta, entendió que el silencio administrativo equivale a la autorización y el 31 de marzo comunicó a sus trabajadores que hacía efectiva la suspensión del empleo.
CC OO se opuso alegando que la suspensión no opera de forma automática, pero con esta sentencia la Audiencia Nacional avala tanto este ERTE por fuerza mayor como su autorización por silencio administrativo.
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