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El Gobierno propone que las empresas cotizadas no estén obligadas a dar información trimestral

El Gobierno propone que las empresas cotizadas no estén obligadas a dar información trimestral

El Anteproyecto de Ley de fomento de la implicación a largo plazo de los accionistas en las sociedades cotizadas, aprobado hoy en Consejo de Ministros, posibilita premiar a los inversores que lleven más de dos años de manera ininterrumpida en el capital de una empresa

Martes, 3 de marzo 2020, 13:24

El Gobierno propone que las empresas cotizadas no estén obligadas a presentar sus resultados trimestrales, algo que, según fuentes del Ministerio de Asuntos Económicos, es costoso, no aporta mucho y puede incentivar el comportamiento cortoplacista de los inversores. Ésta es una de las medidas que ... incluye el Anteproyecto de Ley de fomento de la implicación a largo plazo de los accionistas en las sociedades cotizadas que ha aprobado hoy el Consejo de Ministros con el que se traspone parcialmente una directiva comunitaria.

Con esta medida, según argumentan fuentes de Asuntos Económicos, se iguala la situación de España a la de otros países europeos, donde las empresas tampoco están obligadas a presentar sus cifras trimestralmente, sino sólo las de mitad de año y las del ejercicio completo. Como contrapeso a la eliminación de esta información, el Gobierno plantea que la CNMV, como ocurre hasta ahora, pueda exigir a una compañía que dé información sobre sus números, si es que ha percibido que su situación puede afectar a su cotización. Por ello, el Ejecutivo no considera que esta medida vaya en detrimento de las garantías y de la protección del pequeño inversor.

Esta propuesta se enmarca dentro de las que el Anteproyecto tienen como objetivo la mejora de la competitividad de España como mercado bursátil, caracterizado en los últimos años por la sequía en compañías debutantes. El Gobierno busca que más empresas europeas decidan salir a cotizar en España y, por ello, se «ajustan» las obligaciones de las cotizadas y se incorporan algunas opciones novedosas en el mercado doméstico, pero ya presentes en otros europeos.

Por ejemplo, la de las «acciones de lealtad», que permiten a un accionista que ha mantenido su posición durante más de dos años de manera ininterrumpida contar con el doble de derechos de voto de los que le corresponderían, o el doble de poder que su participación le otorgaría. No constituye una obligación para las compañías contar con estos instrumentos, pero sí «es una opción adicional en el menú» que, en todo caso, ha de proponer la empresa o alguno de sus accionistas y se tiene que aprobar por una mayoría muy reforzada del capital (de hasta un 70%). A ojos de Asuntos Económicos, ello incentiva la inversión a largo plazo y desincentiva las estrategias de corto plazo. Y, además, al existir esta opción, según comentan las mismas fuentes gubernamentales, compañías de otros países pueden animarse a comenzar a cotizar en España. Serán las empresas las que deberán llevar el registro de los inversores y de la duración de sus tenencias.

El anteproyecto de ley incluye la adaptación del reglamento de los folletos cuando las compañías realizan emisiones de valores: a partir de que la norma sea efectiva tras superar los trámites parlamentarios, el umbral para que se requiera tal folleto se incrementará desde los cinco millones de euros actuales hasta los ocho millones. Aunque podrá haber excepciones. Asimismo, la Comisión Nacional del Mercado de Valores mantendrá la facultad de exigir mayor información sobre cada operación.

En un tercer apartado dedicado a la mejora del gobierno corporativo de las empresas, el anteproyecto reconoce el derecho de las entidades a identificar a sus accionistas. Asimismo, no sólo se habrá de conocer la identidad de los accionistas, sino que los fondos de inversión deberán revelar cuál es su filosofía de inversión y si ésta es de largo plazo, o no. Cada gestora de fondos registrada en España, en la CNMV, deberá dejar claro cuál es su estrategia de largo plazo y por qué escoge los valores en los que invierte. Ello, defienden en Asuntos Económicos, «aporta valor a los clientes», puesto que cada vez hay mayor activismo entre los inversores. Las sociedades gestoras estarán obligadas a explicar en un informe anual cuáles han sido sus movimientos.

Asimismo, para evitar conflictos de interés las compañías deberán aportar mayor transparencia a las operaciones vinculadas, dado que deberán conocerse sus detalles. Las operaciones vinculadas están permitidas, pero, en función de cuál sea su volumen o su importancia para la compañía, en términos del valor de sus activos o de la cifra de negocio, o para sus implicados, se deberán aprobar por el consejo de administración o por la junta de accionistas.

Por último, el Anteproyecto también recoge indicaciones para que las empresas hagan más transparente la política de remuneración de los miembros del consejo de administración.

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