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Oficina de la Agencia Tributaria. R. C.
Hipotecas hasta 2013, planes de pensiones y cuotas, las 'estrellas' del IRPF

Hipotecas hasta 2013, planes de pensiones y cuotas, las 'estrellas' del IRPF

Los beneficios fiscales que pueden aplicarse los contribuyentes ascienden hasta los 11.000 millones de euro por año

Miércoles, 6 de abril 2022, 17:16

El conjunto de los beneficios fiscales que los contribuyentes pueden aplicarse (es necesario que cada uno así lo indice en su declaración) en el Impuesto de la Renta (IRPF) ascendía en 2021 a más de 11.000 millones de euros, según los cálculos del Presupuesto ... General del Estado para ese ejercicio. De esa cuantía, las deducciones por inversión en vivienda habitual, la reducción por las aportaciones a los planes de pensiones y las cuotas a sindicatos o partidos políticos son algunas de las popularmente más extendidas, con sus correspondientes condiciones.

Vivienda habitual, 15%

La desgravación por compra de vivienda habitual se encuentra en un régimen transitorio, ya que fue suprimida a partir del año 2013. Solo quienes adquirieron una casa antes de esa fecha, pueden deducirse un 15% de las cantidades totales abonadas cada año para financiar la vivienda (a través de las hipotecas), con un máximo de algo más de 9.000 euros por contribuyentes. Fue la estrella del IRPF hasta hace una década. Ahora, supone un importe algo superior a los 900 millones de euros de beneficio fiscal. Hay que tener en cuenta que desde el 6 de octubre de 2021 se incluye una rebaja tributaria por obras de mejora de la eficiencia energética en viviendas, que pueden alcanzar un máximo de 15.000 euros si se reduce con ellas un 30% el consumo de energía primaria no renovable, tal y como determina la ley.

Planes de pensiones, a 2.000 euros

Por otra parte, las aportaciones a planes de pensiones (suponen un importe total superior a 900 millones) se encuentran limitadas en la declaración de 2021 a 2.000 euros por contribuyente, para reducir la base imponible. Para 2022, ese tope baja hasta los 1.500 euros.

Gastos deducibles

La norma recoge como gastos deducibles las cuotas satisfechas a sindicatos, partidos y colegios profesionales, así como los gastos de defensa jurídica derivados directamente de litigios con el empleador.

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