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María Jesús Montero, ministra de Hacienda, y Fernando Grande-Marlaska, ministro del Interior EFE

Hacienda amplía a cuatro meses el aplazamiento de impuestos sin intereses

El real decreto de medidas urgentes aprobado este martes en consejo de ministros recoge también la suspensión del pago de dividendos en la banca hasta el 1 de octubre y la ampliación de los contratos temporales para el campo hasta el 30 de septiembre

Martes, 26 de mayo 2020, 14:42

El Gobierno ha aprobado en el último consejo de ministros de este martes la posibilidad de que los autónomos y las pymes puedan aplazar el pago de los impuestos sin tener que abonar intereses a Hacienda un mes más que se añade a los tres ... hasta ahora posibles, hasta los cuatro meses.

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En uno de los primeros decretos de medidas urgentes para hacer frente a la pandemia, el 12 de marzo, antes incluso de la declaración del estado de alarma, Hacienda permitió que los trabajadores por cuenta propia y las pequeñas y medianas empresas con volúmenes de facturación por debajo de los seis millones de euros pudieran aplazar el pago de deudas tributarias de hasta 30.000 euros durante seis meses, los tres primeros sin intereses. Con el real decreto que se ha aprobado esta mañana, la exoneración del pago de intereses pasa de los tres a los cuatro meses. Autonómos y pymes podrán, por tanto, aplazar el pago de impuestos durante cuatro meses y sin coste. Ello, como ha explicado la ministra de Hacienda y portavoz del Gobierno, María Jesús Montero, tiene como objetivo contribuir a la preservación de la liquidez de los principales agentes económicos.

Las figuras tributarias cuyo pago se puede aplazar son el IRPF, Sociedades o el IVA.

Hasta este lunes, según ha expuesto Montero, se han producido más de un millón de solicitudes de aplazamiento en el pago de impuestos, correspondientes a más de 638.000 autónomos y pymes, por una cantidad conjunta que supera los 3.000 millones de euros.

En el consejo de ministros que se ha celebrado hoy, el Gobierno también ha aprobado que las empresas que no hayan podido aprobar sus cuentas del ejercicio porque la pandemia se lo haya impedido puedan realizar la declaración del Impuesto de Sociedades con las cifras de las que dispongan. Si posteriormente, cuando hayan podido aprobar las cuentas anuales, la declaración resultante es diferente a la ya presentada, se establece un régimen especial para permitir presentar en esos casos una segunda declaración hasta el 30 de noviembre sin que se apliquen recargos por parte de la Agencia Tributaria.

Asimismo, otra medida fiscal incluida en el decreto de este 26 de mayo permite retrasar excepcionalmente este año la publicación de la lista de deudores de la Agencia Tributaria. «El objetivo es garantizar al máximo los derechos de los contribuyentes, de modo que puedan resolverse con todas las garantías los procedimientos establecidos teniendo en cuenta la situación de crisis sanitaria», comentan desde Hacienda. Si ese listado debe publicarse en el primer semestre de cada año, en este 2020 el plazo se amplía hasta el 30 de septiembre.

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Suspensión de los dividendos bancarios hasta el 1 de octubre

En el real decreto económico aprobado por el Gobierno en la jornada de este martes, se recoge la recomendación que efectuó el Banco Central Europeo el pasado 27 de marzo de acuerdo con la que las entidades financieras no deberían pagar dividendos o contraer compromisos de retribuir a sus accionistas. Es una medida que estará vigente al menos hasta el 1 de octubre de 2020.

También en relación con el sector financiero, el consejo de ministros ha aprobado un incentivo a las moratorias de los préstamos hipotecarios y no hipotecarios que amplía el colectivo de personas que pueden ser beneficiarias de un aplazamiento en el pago de las deudas. En particular, la norma aprobada incluye medidas para agilizar la concesión de moratorias acordadas por las asociaciones de entidades financieras de préstamos hipotecarios y sin garantía hipotecaria. Además, según lo decidido, podrán ser objeto de aplazamiento las cuotas de los contratos de arrendamiento financiero (leasing), que es una modalidad de contrato muy habitual entre los autónomos.

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Según advierten desde la cartera de Asuntos Económicos, estas medidas están alineadas con las recomendaciones realizadas por la Autoridad Bancaria Europea para promover iniciativas dirigidas a limitar el impacto económico causado por la pandemia y, en particular, la extensión de aplazamientos y moratorias.

Tres meses más de contratos a los trabajadores agrarios

En materia laboral, el real decreto aprobado este martes en consejo de ministros amplía en tres meses, hasta el 30 de septiembre, la contratación temporal de trabajadores del sector agrario. De esta forma, argumenta el Gobierno, se asegura la disponibilidad de mano de obra para que ninguna cosecha quede sin recoger y los productos lleguen al consumidor final. Montero ha expuesto que con esta medida se garantizan las rentas de trabajadores vulnerables y también los suministros a los mercados.

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Además, el gobierno ha aprobado que los jóvenes extranjeros con permiso para trabajar en el campo puedan acceder a una autorización de trabajo y residencia de dos años, renovable por otros dos.

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