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El Gobierno da un paso más en su objetivo de aprobar antes de que termine el año un impuesto mínimo de Sociedades del 15% a todas las multinacionales, tal y como marca la directiva europea. Y lo hace precisamente en plena polémica por la marcha ... de Ferrovial a Países Bajos en un intento, entre otras cosas, de pagar menos impuestos. Sin embargo, se trata de una mera coincidencia en el tiempo, puesto que en Holanda también tendrán que cumplir con la ley comunitaria.
El Ministerio de Hacienda y Función Pública sacó este martes a consulta pública previa la norma para la transposición al derecho español de la directiva europea relativa al establecimiento de un nivel mínimo global de imposición para los grupos de empresas multinacionales y los grupos nacionales de gran magnitud en la UE.
El Ejecutivo pretende así realizar la transposición de la directiva europea que obliga a los Estados miembros a adoptar y publicar las disposiciones normativas internas de transposición antes del 31 de diciembre de 2023 para que sean aplicables respecto de los períodos impositivos que se inicien a partir de dicho día.
En el documento publicado en la página web del Ministerio se explica que la transposición de los preceptos de esta directiva a la normativa interna española evitará la erosión de las bases imponibles estableciendo el impuesto complementario que permita alcanzar el tipo mínimo global del 15%, consensuado en la OCDE.
La Directiva señala que su objeto es establecer una tributación efectiva mínima para los grupos multinacionales y para los grupos nacionales de gran magnitud mediante un impuesto complementario estructurado a través de las siguientes dos reglas interconectadas: La regla de inclusión de rentas (RIR) y la regla de beneficios insuficientemente gravados (RBIG).
En virtud de la regla de inclusión de rentas, la matriz residente en territorio español de un grupo multinacional o de un grupo nacional de gran magnitud estará obligada a calcular y pagar un impuesto complementario con respecto a las rentas que obtengan las entidades constitutivas del grupo con un nivel impositivo bajo.
Se regirán por estas nuevas reglas los grupos multinacionales y nacionales cuyos ingresos anuales sean iguales o superiores a 750 millones de euros, de acuerdo con los estados financieros consolidados de la entidad matriz última. Pero se excluyen del ámbito de aplicación de la Directiva las entidades públicas, las organizaciones internacionales, las organizaciones sin ánimo de lucro, los fondos de pensiones y los fondos de inversión e instrumentos de inversión inmobiliarios cuando sean entidad matriz última.
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