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Madrid
Lunes, 4 de junio 2018, 15:51
El Tribunal Supremo ha avalado la proporción de 30 licencias de taxi por cada una de VTC (vehículos de alquiler con conductor, como se conoce a servicios como Uber o Cabify), un límite vigente desde la aprobación de un real decreto en este sentido en ... 2015, en los casos en los que esta restricción sea necesaria y proporcional «como forma de garantizar el equilibrio» entre estas modalidades de transporte.
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En la sentencia conocida este lunes, la sala de lo Contencioso Administrativo apoya además la exigencia a estas empresas VTC de que desarrollen el 80% de sus servicios en la comunidad autónoma donde está domiciliada la autorización.
Con todo, el tribunal da la razón a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) y a las plataformas Uber y Unauto, y anula la obligación de que estas compañías dispongan al menos de una flota de siete vehículos dedicados a dicha actividad, al entender que «excluiría» a los pequeños empresarios.
En su recurso, la CNMC pedía la nulidad de tres preceptos del real decreto de 2015 al considerar que colocaba barreras que limitan la entrada y la capacidad de competir de los VTC, reduce la competencia en el transporte urbano de viajeros con conductor y afecta negativamente a los precios, la calidad y el bienestar general.
Durante la vista, Uber y Cabify, como intermediarias entre usuarios y vehículos VTC, y la patronal de VTC, Unauto, entregaron y explicaron sus alegaciones ante el Alto Tribunal.
En la otra parte, Fomento, Comunidad de Madrid y Ayuntamiento de Madrid defendieron los postulados de aquel real decreto, en una causa en la que se han personado también la Gremial del Taxi, Élite Taxi y Fedetaxi, así como organizaciones del colectivo de taxistas españoles.
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