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Instalación fotovoltaica de Iberdrola Renovables. R. C.
Archivado el caso de Iberdrola Renovables con Villarejo por prescripción del delito

Archivado el caso de Iberdrola Renovables con Villarejo por prescripción del delito

La Audiencia Nacional había abierto una causa contra la filial de la energética por supuestos pagos al excomisario para que espiara a otras compañías

j. m. c.

Miércoles, 27 de julio 2022, 15:18

El juez de la Audiencia Nacional Manuel García Castellón ha acordado el sobreseimiento de la causa contra Iberdrola Renovables Energía (una filial del grupo energético) en el caso Tándem al considerar que están prescritos los delitos derivados del encargo efectuado por la compañía al comisario ... José Manuel Villarejo para investigar a una sociedad suiza con la que con la que aquella mantenía diferentes conflictos empresariales por la ejecución de una serie de proyectos en Rumanía.

En un auto, el titular del Juzgado Central de Instrucción Seis analiza la prescripción de la responsabilidad penal de las personas jurídicas en relación con el delito de cohecho investigado y concluye que la pena máxima que podría corresponder a Iberdrola Renovables Energía sería de dos años, por lo que el plazo de prescripción sería de cinco años.

Para el instructor, el dato inequívoco que puede ayudar a concretar el día en que debe computarse la prescripción es la fecha en la que Villarejo accedió a la jubilación voluntaria, esto es, el 22 de junio de 2016, momento que determina «aquel en que ya no podría imputarse el delito de cohecho activo, toda vez que el investigado ya no tendría la consideración de autoridad o funcionario público delimitados en el Código Penal, con lo cual no sería posible imputar el delito de cohecho».

Así, añade el magistrado, el plazo para empezar a contar el plazo sería el 22 de junio de 2016 y el final sería el 9 de julio de 2021, fecha en que se dicta el auto de imputación de la persona jurídica de Iberdrola Renovables Energía. «Esto es, los hechos a fecha de imputación realizada de acuerdo con lo establecido en el artículo 131.1 y 66.2 bis del Código Penal estaban prescritos, al haber transcurrido el plazo de 5 años al que nos hemos referido», indica el auto.

«Puede concluirse conforme a los argumentos transcritos, que los delitos imputados a Iberdrola Renovables Energía, S.A. estarían prescritos cuando se dictó el auto de 9/07/2021, por lo que no cabría otra opción más que declarar la presencia de esta circunstancia extintiva de la responsabilidad, y con ello decretar el sobreseimiento libre a tenor del art. 637.3 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal», concluye el juez.

Iberdrola Renovables Energía había asegurado que los servicios que ofrecía el comisario jubilado eran una «estafa» y una «pura añagaza». Así, la empresa filial del grupo energético que preside Ignacio Sánchez Galán -recientemente exonerado del conocido como 'caso Villarejo'- defiende que la acusación que se ejerce contra ella es infundada porque no tuvo ninguna participación en la contratación del agente encubierto y no hizo ningún encargo para espiar a la sociedad suiza Eólica Dobrogea, así como a su representante Corneliu Dica, con los que la compañía eléctrica se habría aliado para acometer un proyecto en Rumanía.

Iberdrola Renovables estaba imputada como persona jurídica en la pieza 17 de la macrocausa 'Tándem' -la relativa a los trabajos que el expolicía realizó para Iberdrola- por el abono de una factura de 29.500 euros, en febrero de 2012, al Grupo Cenyt, el entramado empresarial liderado por el comisario jubilado, relacionada con la investigación a la empresa helvética y sus responsables, después de que surgieran diferentes conflictos. Villarejo denominó este trabajo como 'proyecto Wind'. En su declaración ante el juez, el pasado 20 de enero, el representante de la compañía filial indicó que este pago no correspondía a ningún servicio concreto, sino a los gastos que generó una oferta de algo que nunca se llegó a contratar.

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