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Grifols se agarra a un último balón de oxígeno financiero. La compañía ha comunicado esta tarde a la Comisión Nacional del Mercaod de Valores (CNMV) una emisión de 1.300 millones de euros en bonos garantizados que le servirán, según explica, para amortizar parte de su deuda y, de paso, trasladar los vencimientos hasta mayo de 2027.
Esta era, precisamente, una de las principales incertidumbres del mercado, que llevaba mucho tiempo esperando una solución para los vencimientos de 2025 que afronta la compañía.
Según el documento remitido a la CNMV, el vencimeitno de los bonos colocados tienen vencimiento en mayo de 2030, con un cupón anual del 7,125%. En paralelo, Grifols también ha suscrito un acuerdo para extender su actual línea de crédito revolving multidivisa (RCF) en 18 meses, hasta mayo de 2027.
«Los fondos obtenidos de esta colocación junto con el efectivo disponible se utilizarán para amortizar el importe total que falta (343 millones de euros) de los bonos senior garantizados de Grifols con vencimiento en febrero de 2025 y para liquidar completamente el saldo dispuesto de la línea de crédito revolving con vencimiento en noviembre de 2025 (que se amplía a 2027)», insisten desde Grifols.
Es decir, ambas operaciones (emisión bonos y extensión revolving) serían neutras desde el punto de vista del apalancamiento. En todo caso, la propia compañía advierte que las dos están sujetas a las condiciones de cierre habituales. La compañía estima que se cerrarán en torno al 19 de diciembre de 2024, cuando «la posición de liquidez de Grifols mejorará significativamente, aumentando en unos 1.000 millones de euros hasta alcanzar 1.700 millones de euros proforma a partir del tercer trimestre de 2024», apunta la empresa catalana.
Este mismo miércoles se ha conocido que el juez de la Audiencia Nacional (AN) que investiga a la firma de análisis Gotham City, General Industrial Partners LLP (GIP) y varios de sus directivos por supuestamente lanzar al mercado financiero información sesgada y engañosa sobre Grifols y ha requerido a ambas entidades que designen abogado y procurador con el fin de tomarles declaración como personas jurídicas investigadas.
En una providencia, el titular del Juzgado Central de Instrucción número 4, José Luis Calama, acuerda esta diligencia una vez ha tenido conocimiento por la Policía del domicilio y dirección de correo electrónico de ambas mercantiles, investigadas por un delito contra el mercado y los consumidores tras una denuncia de la Fiscalía Anticorrupción.
A través del correo electrónico, el juez acuerda informar a ambas personas jurídicas de los hechos que se les imputa en las presentes actuaciones, adjuntándoles copia del auto de admisión de la denuncia de Anticorrupción y de la propia denuncia.
Además, les requiere para que designen un representante, un abogado y un procurador para ese procedimiento, con la advertencia de que, en caso de no hacerlo, se procederá a la designación de oficio de estos dos últimos.
Una vez verificadas las designaciones, indica la resolución, se procederá a la celebración de la comparecencia del artículo 775 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim) con el fin de ser oídas las personas jurídicas en calidad de investigadas, una diligencia que se hará con el representante especialmente designado por ambas mercantiles.
Además, el juez pide a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) que recabe, a través de sus canales de colaboración, una copia de la resolución del supervisor del mercado bursátil de Estados Unidos (Securities and Exchange Comission), de la que ha tenido conocimiento a través de la prensa económica nacional a internacional, por la que se archivó la investigación abierta a GIP, matriz de Gotham, por estos hechos.
Cabe recordar que fue el pasado 19 de noviembre cuando Calama admitió la denuncia de la Fiscalía Anticorrupción para investigar a Gotham City y a su matriz por lanzar información sesgada y engañosa sobre la credibilidad de Grifols con objeto de inducir a sus inversores a vender las acciones de esta farmacéutica, que cotiza en la bolsa española y forma parte del Ibex35, provocando una caída del precio que le generaría un beneficio a las dos mercantiles denunciadas.
El magistrado, en el auto por el que admitía la denuncia, consideró que podría haberse cometido un delito tipificado en el artículo 284.1.2º del Código Penal que sanciona «a quien de manera directa o indirecta o a través de un medio de comunicación, por medio de Internet o mediante el uso de tecnologías de la comunicación o información o por cualquier otro medio difundieren noticias o rumores o transmitieren señales falsas o engañosas sobre personas o empresas».
Todo ello, añadía, «ofreciendo a sabiendas datos económicos total o parcialmente falsos con el fin de alterar o preserva el precio de cotización de un instrumento financiero».
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