Se estrecha el cerco judicial contra Luis Rubiales. A la suspensión que le impuso la FIFA, se suma la vía de los tribunales deportivos iniciada por el Gobierno mediante denuncia del CSD ante el Tribunal de Arbitraje Deportivo previa a su inhabilitación, y ahora también ... un camino que podría condenar al alto dirigente del fútbol español a penas de cárcel por un delito de agresión sexual cometido en el extranjero.
Publicidad
La Fiscalía de la Audiencia Nacional dio este lunes el paso hacia adelante que estudiaba desde hace días y abrió diligencias de investigación contra Rubiales por ese beso supuestamente no consentido a la jugadora Jenni Hermoso y todo lo que vino después. Sobre su mesa dispone de media doncena denuncias de particulares o asociaciones, pero se resistía a abrir un proceso contra el dirigente sin que mediara denuncia de la propia jugadora. El comunicado emitido el viernes por Hermoso en el que confirmó que se sintió «vulnerable» y «víctima de una agresión» por parte del máximo responsable del fútbol español, es decir, su jefe, modificó el rumbo del caso y permitió a la Fiscalía concluir al que debía actuar.
En su decreto, este organismo invita a la jugadora a formalizar ante el ministerio público la denuncia que públicamente hizo contra Rubiales. El ministerio público da un plazo de 15 días a Hermoso para que se ponga en contacto con ese departamento «a fin de informarla de sus derechos como víctima de un presunto delito de agresión sexual» en el marco del artículo 178 del Código Penal. Para este delito se establece entre uno y cuatro años de cárcel para quien realice cualquier acto que atente contra la libertad sexual de otra persona.
Las diligencias abiertas contra Rubiales son, por ahora, preprocesales. Eso significa que todavía no hay una causa abierta, sí unas primeras pesquisas de la acusación pública para determinar si hay indicios suficientes para pedir que se actúe contra Rubiales. Empero, a la vista de las declaraciones de la futbolista, la Fiscalía entiende que «el acto sexual sufrido» por la futbolista «no fue consentido». «Atendido el momento extraprocesal en el que nos encontramos y lo inequívoco de sus declaraciones, es preciso determinar la trascendencia jurídica de las mismas», detalla en su escrito.
El Código Penal establece que para proceder por delitos de agresiones, acoso o abusos sexuales será precisa «denuncia de la persona agraviada, de su representante legal o querella del Ministerio Fiscal». En la práctica, la Fiscalía solo actúa de oficio en estos casos cuando las víctimas son menores o especialmente vulnerables, como personas discapacitadas. Por eso, si Hermoso rehúsa presentar denuncia, el caso previsiblemente se archivará.
Publicidad
Las denuncias que obran en poder de la Fiscalía exponen que el beso de Rubiales a Hermoso constituye un delito contra la libertad sexual de la futbolista. Una de esas demandas, señala, además, la existencia de «exhibicionismo obsceno ante menor de edad», en referencia del obsceno gesto de Rubiales agarrándose los genitales en el palco del estadio de Sídney en presencia de la infanta Sofía. Algunas de las denuncias se han presentado ante la Fiscalía de Madrid, pero todas han sido finalmente asumidas por la de la Audiencia Nacional por tratarse de un hecho presuntamente cometido por un ciudadano español fuera de su país.
Se da la circunstancia que la Fiscalía describe cómo Rubiales da un beso en la boca a Hermoso «mientras agarra con las dos manos la cabeza de la jugadora». Y recuerda los criterios dictados por el Fiscal General del Estado, Álvaro García Ortiz, en marzo pasado, tras la reforma de los delitos contra la libertad sexual incluida en la conocida como ley del solo sí es sí: «En cualquier caso, son merecedores de reproche penal los tocamientos sorpresivos o fugaces sobre zonas erógenas aun cuando se realicen por encima de la ropa (...), los besos en la boca, aunque no los denominados ósculos (...), o los tocamientos sobre zonas no erógenas cuando las circunstancias del caso justifiquen apreciar un atentado contra la libertad sexual».
Publicidad
Por otro lado, la Fiscalía se refiere al Convenio de Estambul de 2011, un acuerdo del Consejo de Europa sobre prevención y lucha contra la violencia sobre la mujer y la violencia doméstica, en el que España asume el compromiso de «proteger a las mujeres contra todas las formas de violencia y prevenir, perseguir y eliminar la violencia contra la mujer y la violencia doméstica».
Disfruta de acceso ilimitado y ventajas exclusivas
¿Ya eres suscriptor? Inicia sesión
Te puede interesar
Publicidad
Utilizamos “cookies” propias y de terceros para elaborar información estadística y mostrarle publicidad, contenidos y servicios personalizados a través del análisis de su navegación.
Si continúa navegando acepta su uso. ¿Permites el uso de tus datos privados de navegación en este sitio web?. Más información y cambio de configuración.