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El CSD impulsa un código de buen gobierno para las federaciones y ligas profesionales

El CSD impulsa un código de buen gobierno para las federaciones y ligas profesionales

Con este documento, el Ejecutivo pretende mejorar la gobernanza, la transparencia y la responsabilidad de estas entidades de interés público

Ignacio Tylko

Madrid

Martes, 10 de diciembre 2024, 16:20

El Consejo Superior de Deportes (CSD) ha elaborado un código de buen gobierno, que pretende mejorar la gobernanza, transparencia y responsabilidad de las federaciones deportivas y ligas profesionales por tratarse de entidades de interés público.

En él se promueven mejores prácticas en la composición y funcionamiento de los órganos de gobierno, al tiempo que se fomenta la transparencia y la igualdad y se regulan los conflictos de intereses, evitando el abuso de derecho, los bulos o las denuncias falsas que pretenden dañar el buen nombre de personas o instituciones. Además, asegura la adecuada separación de funciones, deberes y responsabilidades, desde una perspectiva de profesionalidad y rigor.

«La buena gobernanza, la transparencia y la responsabilidad no son solo principios éticos, sino también herramientas esenciales para hacer pedagogía y ganar la confianza de la ciudadanía», ha subrayado el presidente del CSD, José Manuel Rodríguez Uribes, quien también ha destacado la importancia de esta iniciativa a la hora de «ayudar a quienes ejercen responsabilidades en las entidades deportivas, sirviéndose siempre de los más altos estándares de ejemplaridad y buena gobernanza».

Un mandato de la Ley del Deporte

La Ley del Deporte, aprobada en el Congreso de los Diputados en diciembre de 2022 con el apoyo mayoritario de los grupos parlamentarios, prevé en su artículo 60.1 la adopción por parte de las federaciones deportivas españolas y de las ligas profesionales de un código de buen gobierno con el objeto de mejorar sus actuaciones y criterios en materia de igualdad, democracia y funcionamiento de sus órganos de gestión.

Además, contempla la regulación de los conflictos de intereses, la implementación de acciones de desarrollo y solidaridad, el establecimiento de mecanismos de control, el fomento de la ejemplaridad en la gestión y representación de los entes federados y asociados, la prevención de ilícitos de cualquier orden y el establecimiento de una estructura transparente, íntegra y organizada en el desarrollo de su actividad.

Los principios generales a aplicar por las federaciones deportivas y ligas profesionales, cuya actividad se fundamenta en la responsabilidad social, la transparencia informativa, la escucha activa y la igualdad de trato, son los siguientes:

Prudencia en las inversiones y gastos, optimizando los recursos financieros propios para la consecución de sus fines; igualdad de trato y no discriminación, tanto en el ejercicio de sus funciones como en el acceso a las actividades de la entidad y a sus puestos; pluralismo y libre participación de los integrantes de las federaciones y ligas en la vida asociativa: Transparencia para la divulgación eficaz de su actividad, así como para el suministro de información clara sobre la procedencia de sus medios de financiación; escucha activa, que permita tomar en consideración todos los intereses legítimos de las personas adscritas a estas entidades y del resto de personas afectadas por su actuación.

Asimismo, establece el cumplimiento normativo de la ley aplicable en cada momento y territorio; la responsabilidad a la hora de dar a conocer cómo se toman las decisiones, cómo se manejan los fondos y bajo qué criterios actúan, ejemplaridad, promoción y fomento de la salud, la actividad física y el deporte, así como del entorno medioambiental y la sostenibilidad, la protección del bienestar animal.

Asimismo, este código exige la buena fe en el uso de los instrumentos jurídicos para la defensa de los intereses legítimos y en la solución de controversias. «No se incurrirá en abuso de derecho ni se llevarán a cabo denuncias falsas o con el ánimo de dañar el buen nombre de personas o instituciones», enfatiza.

También establece una serie de deberes dirigidos a los miembros de los órganos de gobierno y personal directivo de las entidades deportivas, tales como no utilizar información y datos confidenciales en beneficio propio, evitar los conflictos de intereses, no hacer uso indebido del patrimonio de la entidad, remitir a los miembros de la Asamblea toda la información necesaria con suficiente antelación, crear sistemas de comunicación y denuncias anónimas y publicar en sus portales web los informes de auditoría y cuentas anuales, entre otros.

En este sentido, fija normas normas relativas a la gestión y control ordinarios, como la publicación de un manual de procedimientos sobre el tratamiento de la información contable y un sistema de planificación y ejecución presupuestaria, así como normas relativas a la gestión de las retribuciones.

En definitiva, según Rodríguez Uribes, este código «refuerza el compromiso del Consejo Superior de Deportes con la ética pública, la deontología profesional, los principios del Estado de Derecho y la ejemplaridad en el ámbito deportivo».

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