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Bula de carne del año 1919. Blog Museos de Terque
¿Recuerdan la «bula de carne»?

¿Recuerdan la «bula de carne»?

Gastrohistorias ·

Hasta 1966 el indulto apostólico de abstinencia y ayuno permitió reducir el número de días en los que la Iglesia prohibía comer carne durante la Cuaresma

Ana Vega Pérez de Arlucea

Madrid

Sábado, 27 de marzo 2021, 00:13

«Nuestro Santísimo Padre el Papa se ha dignado conceder para el año próximo el indulto Apostólico de la ley de abstinencia y ayuno…» Así comienza el texto de un papel que muchos de ustedes habrán visto alguna vez y que seguramente repose en algún ... viejo cajón de su casa. Les hablo de la popularmente conocida como «bula de carne», una dispensa eclesiástica que a cambio de un precio convenido permitía comer carne y sus derivados en muchos de los días que el calendario católico marcaba como de abstinencia. Esta especie de arreglo nos puede parecer ahora antediluviano, pero fue de uso corriente en casi todos los hogares españoles hasta el año 1966, cuando la Conferencia Episcopal española ordenó su desaparición después de que el Concilio Vaticano Segundo suavizara las normas de ayuno y abstinencia para los católicos.

La bula de carne o indulto cuadragesimal había sido muy importante en la vida cotidiana puesto que permitía evitar la tan temida y larguísima Cuaresma de siete semanas sin gota de carne ni grasas animales. Con la dispensa en la mano estas restricciones se limitaban tan sólo a los viernes de Cuaresma, los de las cuatro témporas y a las vigilias de Pentecostés, la Asunción y Navidad. Un chollo comparado con tener que imaginar una dieta sin rastro de carne durante cuarenta días o más, cuestión que no afectaba solamente a los ricos que podrían comprar filetes sino también a los pobres, que en teoría debían abstenerse también de usar ingredientes básicos como manteca, tocino, casquería o embutidos de cualquier clase.

El indulto de abstinencia y ayuno comenzó como un apartado extra de la bula de Santa Cruzada, que desde la Edad Media recaudaba dinero para la Iglesia a cambio de beneficios espirituales como la absolución plenaria en el momento de la muerte o una reducción del tiempo a sufrir en el purgatorio.El papa Urbano II concedió la primera bula de Santa Cruzada en el siglo XI para costear la campaña de Tierra Santa, y pronto se otorgó también en los reinos cristianos de la Península Ibérica para promover la Reconquista. En 1509, Julio II agregó a la bula una dispensa especial para que los fieles de los reinos españoles pudieran comer carne, huevos y lácteos en algunos días en los en teoría lo tenían prohibido. Hasta entonces las jornadas de abstinencia de carnes habían llegado a ser de hasta 160 al año, regla que era de difícil cumplimiento en muchos lugares de España debido a la dificultad que había para encontrar pescado fresco.

La bula de Santa Cruzada no concedía indulto de ayuno sino sólo de abstinencia y tenía que renovarse todos los años por un precio establecido, determinado por los ingresos del padre de familia. Desde 1799 la legislación papal permitió que aquellos que desempeñaran trabajos físicos o fueran pobres de verdadera solemnidad disfrutaran de los privilegios de la famosa bula sin tener que pagar nada, privilegio maravilloso que sin embargo no se aplicó siempre con el rigor debido. Aún en pleno siglo XX los que no tomaban la bula debían observar 91 días de abstinencia, ayuno o ambas cosas a la vez, mientras que los que pagaban por el papel sólo tenían que sacrificarse 25 veces al año. Normal que todo pichichi suspirara por tener la bula y quien más, quien menos, guardara unos ahorritos para conseguir aquel trozo de papel que alejaba el pecado y acercaba el placer carnal. Nunca mejor dicho.

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