La incidencia acumulada en Castilla y León se sitúa en los 172 casos a catorce días, una cifra todavía alejada de los 125 casos que ha fijado la Junta de Castilla y León -apoyándose en el semáforo de la covid- para flexibilizar las restricciones con ... las que contribuir a frenar la pandemia. Esto significa que todas las provincias se encuentran todavía instaladas en el nivel cuatro de alerta pandémica, el máximo, y por tanto, habrá cosas que se puedan hacer y otras que no, una vez que el próximo domingo 9 de mayo expire el estado de alarma.
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A continuación puedes encontrar las restricciones por aforos y horarios que entrarán en vigor el próximo domingo y que dependerán del nivel de alerta en el que se encuentren las provincias. De momento, toda la comunidad mantiene el nivel cuatro.
En interiores se puede ocupar el 33% de aforo y se podrá consumir un máximo de seis clientes por mesa (se podrá suspender la actividad de manera excepcional). En las terrazas , el 75% de aforo de las mesas autorizadas y grupos de 6 personas máximo (se podrá suspender la actividad).
En espacios no religiosos y cerrados, se aconseja aplazar. Si no, se puede alcanzar el 33% del aforo y máximo de 50 personas en abierto. En lugar de culto la limitación precisa de prohibición.
33% de aforo en lugares cerrados y 20 personas máximo en abierto. Pueden suspenderse o reducir el número de acompañantes.
En comercios minoristas, se puede ocupar el 33% del aforo máximo, que rige también en centros comerciales. Podrá limitarse el horario o suspender la actividad.
También de comunidades de vecinos, se puede ocupar el 33% del aforo al aire libre
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En las casas rurales, el límite es de 8 personas, con dos grupos de convivientes. Puede suspenderse o limitarse la actividad.
Cosos taurinos: 33% de aforo máximo, con un asiento libre entre espectadores. Peñas cerradas.
En interiores, el 75% de aforo y se podrá consumir máximo seis clientes por mesa (se podrá suspender la actividad de manera excepcional). En las terrazas, el 75% de aforo de las mesas autorizadas y grupo de 6 personas máximo.
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En espacios no religiosos, el máximo es el 33% de aforo en sitios cerrados. Por el contrario, del 33% en abierto y un máximo de 75 personas. En lugares de culto, la limitación requerirá prohibición especial.
33% de aforo en lugares cerrados, con límite de 10 y 20 personas máximo en en abierto.
En el comercio minorista, un máximo del 50% de aforo máximo, que rige también en centros comerciales. Para estos últimos podrá acordarse la suspensión de actividad.
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También de comunidades de vecinos, 50% al aire libre
Límite de 8 personas en las casas rurales, con dos grupos de convivientes máximo
Cosos taurinos: 50% de aforo máximo, con un asiento libre entre espectadores. Peñas cerradas.
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En interiores, el 75% de aforo y se podrá consumir en mesa, máximo de 10 clientes. Se cierran las barras. Terrazas, el 75% de aforo de las mesas autorizadas y grupo de 10 personas máximo. Discotecas cerradas a partir de este nivel.
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En espacios no religiosos, 33% de aforo en sitio cerrado y 50% en abierto . En lugares de culto, cualquier limitación requerirá una prohibición especial.
50% de aforo en lugares cerrados y 50 personas máximo de comitiva, en abierto sin limitación, si hay distancia.
Minorista 50% de aforo máximo, que rige también en centros comerciales.
También de comunidades de vecinos, 75% al aire libre
Casas rurales con un límite de 10 personas con dos grupos de convivientes máximo
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Cosos taurinos: 50% de aforo máximo, con un asiento libre entre espectadores. Peñas cerradas.
En interiores el 75% de aforo y se podrá consumir en barra, de pie y en mesa. Terrazas sin límite de aforo y con máximo de 25 personas en el mismo grupo de mesas. Discotecas aforo de 1/3 en interior y en bares musicales aforo del 75% .
En espacios no religiosos 50% de aforo en sitio cerrado y del 75% en abierto . En lugares de culto, cualquier limitación requerirá una prohibición especial
75% de aforo en lugares cerrados y sin límite en espacios abiertos, si hay distancia
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Minorista 75% de aforo máximo, que rige también en centros comerciales, con preferencia en la atención a mayores de 65 años.
También de comunidades de vecinos sin límite de usuarios
Casas rurales sin límite de aforo pero con dos grupos de convivientes máximo.
Cosos taurinos al 75% máximo, con un asiento libre entre espectadores. Las peñas pueden abrir.
Nivel 1 (bajo) Incidencia acumulada a 7 días de más de 10 y menos de 25. Ocupación de las camas de hospital por casos de covid-19, menos del 2%. Ocupación de camas UCI por casos de covid-19 de menos del 5%.
Nivel 2 (medio) Incidencia acumulada a 7 días de más de 25 y menos de 75 casos por 100.000 habitantes. Ocupación de las camas de hospital por casos de covid-19, más del 5% y menos del 10%. Ocupación de camas UCI por casos de covid-19 de más del 10% y menos del 15%.
Nivel 3 (alto) Incidencia acumulada a 7 días de más de 75 y menos de 125 casos por 100.000 habitantes. Ocupación de las camas de hospital por casos de covid-19, más del 10% y menos del 5%. Ocupación de camas UCI por casos de covid-19 de más del 15% y menos del 25%.
Nivel 4 (muy alto) Incidencia acumulada a 7 días de más de 125 casos por 100.000 habitantes. Ocupación de las camas de hospital por casos de covid-19, más del 15%. Ocupación de camas UCI por casos de covid-19 de más del 25%.
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