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Estos son los plazos (y obstáculos) para votar el 26-M si resides en el extranjero

Estos son los plazos (y obstáculos) para votar el 26-M si resides en el extranjero

Los 173.681 castellanos y leoneses emigrados deben estar registrados en el censo de sus consulados antes del próximo 30 de enero para ejercer el derecho al sufragio

Arturo Posada

Valladolid

Miércoles, 16 de enero 2019, 14:23

Los residentes en el extranjero se enfrentan a dificultades crecientes para votar. Plazos poco anunciados, dificultades administrativas y engorrosos procesos convierten el derecho al sufragio en una «yincana burocrática», según lo define Amada Peñalosa, responsable de Migración y Retorno de Podemos Castilla y León. ... Las últimas cifras registradas en el Instituto Nacional de Estadística (INE) reflejan que un total de 173.681 castellanos y leoneses residen en el extranjero, un número similar a toda la población de la provincia de Zamora. Solo aquellas personas que estén registradas en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA) antes del próximo 30 de enero podrán votar a distancia en las autonómicas y europeas del 26 de mayo y solicitar el denominado 'voto rogado'. (En las elecciones locales no se puede votar desde el extranjero).

«La información no está siendo publicitada», denuncia Peñalosa. «Hay gente que cree que el voto rogado se ha quitado, algo que no es cierto, y se está cerrando el censo sin avisarles». Los residentes en el extranjero deben inscribirse en el censo de sus respectivos consulados de manera presencial, lo que obliga a pedir cita previa y desplazarse al lugar requerido. «En Berlín, por ejemplo, hay consulado, pero si vives en otra ciudad puedes verte obligado a desplazarte a varios centenares de kilómetros en una jornada laboral. Hay que tener mucha moral para hacerlo».

Los ya inscritos en el censo desde hace años deben notificar los cambios de residencia en el consulado para recibir en sus domicilios la documentación pertinente. Si no lo hacen, tampoco podrán votar.

Una vez realizada la inscripción en el denominado censo CERA, con la fecha tope del 30 de enero de 2019, llegará una carta por correo postal que permitirá rogar (es decir, solicitar) el voto. «El formulario se puede enviar por correo o por fax, pero en este segundo caso, a veces se suele rechazar el ruego de voto porque no se ve bien algún dato. Existe un código para rogar por Internet, pero es necesario haber recibido la carta», apunta Peñalosa. También se pueden descargar en la página del ministerio de Asuntos Exteriores los formularios de solicitud de voto, enviarlos por correo postal o fax dentro del plazo y esperar la llegada de las papeletas electorales.

La responsable autonómica de Migración y Retorno de Podemos, Amada Peñalosa, Rubén Cacho-ICAL

Si el residente solo es temporal (como sucede en el caso de los estudiantes 'erasmus') o está en tránsito (viajeros), ha de inscribirse en el registro de Españoles Residentes Temporalmente Ausentes (ERTA), solo válido para un año. En este caso, únicamente podrá solicitar el voto presencialmente en el consulado. Pero si ya se inscribió en este registro con anterioridad, no podrá volver a hacerlo y debería optar por el CERA.

El ruego o solicitud de voto tendrá que efectuarse entre el 3 y el 27 de abril de 2019, y se fijará una semana de reclamaciones en el censo (del 8 al 15 de abril). Las juntas electorales enviarán las papeletas el 6 de mayo al país correspondiente, pero si se producen impugnaciones de listas («algo que se da con frecuencia», recuerda Amada Peñalosa) las papeletas con las diferentes candidaturas saldrán por correo postal desde España el 14 de mayo. «La persona que reside en el exterior tiene como fecha límite hasta el 21 de mayo para enviar el voto por correo. Es decir, nos tenemos que creer que una carta que sale el 14 de mayo de Valladolid llegará el 20 de mayo a Tokio, por citar un ejemplo. En continentes como América, Asia o África es muy complicado que el correo postal haga todo ese camino en siete días. Y en zonas rurales de Asia los carteros pueden encontrarse con problemas para entender la dirección por la diferencia de alfabetos. Por otra parte, existe la opción de voto en urna en el consulado, lo que puede obligar a otro largo desplazamiento si no hay consulado en la ciudad de residencia».

La responsable de Migración y Retorno de Castilla y León explica que el voto electrónico tampoco supondría una solución ya que en la actualidad «no es seguro, se puede hackear y no garantiza el secreto». «Una alternativa para acortar plazos podría ser la posibilidad de imprimir las papeletas electorales previa descarga por internet, en lugar de tener que esperar a recibirlas por correo postal. Con eso se ganarían dos semanas para que el voto llegase en plazo», apunta Amada Peñalosa.

Para aclarar posibles dudas o recibir asesoramiento sobre todo el proceso, Podemos Castilla y León ha activado una dirección de correo electrónico: inmigracion@castillayleon.podemos.info

El voto rogado se puso en marcha en 2011, con los votos favorables de PSOE, PP y CiU. «Se hizo teóricamente por un problema de fraude, pero se pasaron de rodada. Es un sistema tan extremadamente garantista que no funciona. El proceso del voto rogado dificulta la posibilidad de votar. Desde mi punto de vista, el mayor enemigo de la democracia es la abstención y poner trabas a más para que más 173.681 castellanos y leoneses puedan votar puede ser considerado un atentado a la democracia. Si nos planteáramos que estamos impidiendo votar a la provincia de Zamora, se montaría la de San Quintín, pero como los emigrados están a miles de kilómetros casi no se les escucha».

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