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Óscar S., más cerca de ser juzgado ante jurado por la muerte de Esther López

Óscar S., más cerca de ser juzgado ante jurado por la muerte de Esther López

La jueza del caso ha dictado auto de imputación contra el único investigado en la causa, Óscar S.M., por los delitos de asesinato/homicidio y omisión del deber de socorro

BC

Jueves, 17 de octubre 2024, 12:10

El Juzgado de Instrucción número 5 de Valladolid, encargado de la investigación sobre la desaparición y posterior hallazgo del cadáver de la vecina de Traspinedo Esther López, ha dictado auto de imputación contra el único investigado en la causa, Óscar S.M, por los delitos de asesinato/homicidio y omisión del deber de socorro.

El escrito de la Fiscal Jefe de Valladolid, remitido al Juzgado de Instrucción 5, solicita la transformación de las diligencias en procedimiento de jurado. La acusadora pública considera que existen indicios suficientes para sentar en el banquillo al único investigado, Óscar S.M, del que sostiene que, por causas no especificadas, atropelló a la víctima y luego la dejó morir.

Ese relato de hechos recogido en el escrito de la fiscal jefe remitido al juzgado, al que ha tenido acceso Europa Press en fuentes jurídicas, parte del dato incuestionable de que el cuerpo sin vida de Esther López De La Rosa fue localizado el 5 de febrero de 2022 en la ctra. VP-2303, PK 0,7/0,8, cuneta derecha sentido Traspinedo, a la altura de una señal de tráfico de «permitido adelantar».

Los hechos

Su desaparición había sido denunciada por sus padres, con los que convivía. La última noticia que se tenía de ella es la noche del día 12 y madrugada del día 13 de enero de 2022, en que coincide con Lucio C.G ('Carolo'), quien inicialmente también figuró como investigado, Óscar S.M. en el bar 'Teyo' de la localidad de Traspinedo.

Tras salir del local en compañía de ambos se dirigieron a la zona de las bodegas para después, en el coche de Óscar, dirigirse al domicilio de 'Carolo', al lado del local La Maña de Traspinedo, donde este ultimó se apeó.

La declaración del investigado

El investigado, en su declaración en sede judicial, afirmó que Esther no quería ir a casa de sus padres a dormir quedando en que iba a dormir en la vivienda sita en la calle C/ Uno, parcela 4 (el Romeral) de Traspinedo, de la familia de Óscar, que éste utilizaba habitualmente, pero que, después de dejar a 'Carolo' en La Maña, la joven le propuso seguir de copas en Valladolid, a lo que él se negó.

Fue entonces cuando, según sostiene el investigado, Esther se enfadó y bajó del vehículo, a unos 300 metros del local La Maña, momento a partir del cual Óscar afirma no saber nada de ella.

La teoría de la fiscal

Sin embargo, la fiscal sostiene que de las investigaciones realizadas existen «indicios suficientes» para sostener que esa parada no se produjo y que ambos llegaron en el vehículo a la casa arriba señalada y que, por razones que se desconocen, Esther López se marchó de allí andando.

Continúa la acusadora pública en su reconstrucción de los hechos afirmando que Óscar salió tras ella en su vehículo VW T-ROC con el que la atropelló muy cerca de ese inmueble, causándole serias lesiones, pero no la muerte.

Metió el cadáver en el maletero y luego lo tiró

«Siendo consciente de que Esther se encontraba con vida, Óscar, lejos de prestar ayuda o solicitar ayuda que otros pudieran prestar, esperó entre una y tres horas hasta que comprobó estaba ya muerta procediendo a ocultar el cadáver, y finalmente meterlo en el maletero de su vehículo y tirarlo, horas después, en el lugar donde fue hallado, no dando noticia directa o indirecta de donde se encontraba».

También da por probado que la víctima habían ingerido esa noche bebidas alcohólicas.

«De este relato lineal existen indicios bastantes para imputar a Óscar S.M. los hechos descritos, que pueden ser constitutivos de un delito de asesinato u homicidio doloso (138 a 140 CP ) y/o de un delito de omisión del deber de socorro (195 y 196 CP), siendo ambos competencia del Tribunal del Jurado ,pudiendo ser imputados además otros delitos como un delito contra la integridad moral del art. 173 1 CP , de un delito contra la seguridad del tráfico etc...», concluye.

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