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Coronavirus en Castilla y León
Coronavirus en Castilla y León

Estas son las medidas preventivas y recomendaciones de la Junta para Navidad

Entrarán en vigor este viernes 18 de diciembre y se mantendrán activas hasta las 23.59 horas del 6 de enero de 2021

Sábado, 19 de diciembre 2020, 17:45

El Consejo de Gobierno de la Junta de Castilla y León ha acordado una serie de medidas preventivas y recomendaciones específicas a aplicar durante el período navideño, y por tanto con carácter temporal y excepcional, ante la evolución de los indicadores y con el ... objetivo de hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la covid-19.

Estas medidas, que entrarán en vigor este viernes 18 de diciembre, se mantendrán vigentes hasta las 23:59 horas del 6 de enero de 2021, según un comunicado remitido por la Junta.

A continuación se recogen por un lado las nuevas medidas preventivas y por otro, las recomendaciones que para estos días realizan desde el Gobierno regional.

Medidas

Con las medidas preventivas que ha aprobado la Junta de Castilla y León, se pretende evitar aglomeraciones en espacios públicos y en festejos y eventos como cabalgatas o belenes vivientes. Son las siguientes:

1. Solo familiares en Navidad

Castilla y León desestima el término 'allegado' y permite que solo familiares compartan mesa y mantel durante las celebraciones de Navidad. Se mantiene el máximo de diez personas pero solo para Nochebuena y Nochevieja (el resto de los días se mantiene en seis) aunque se limitan a dos grupos familiares.

Hay que tener en cuenta además que se limita sólo a esos familiares las entradas en la comunidad para celebrar en los domicilios las navidades, en concreto del 23 al 26 de diciembre y el 30 de diciembre y 2 de enero

El toque de queda de las dos noches señaladas se amplía hasta las 01.30 de la madrugada pero solo con el objetivo de que los familiares desplazados puedan volver a casa. Los bares y restaurantes mantendrán el cierre a las 22.00 horas, como el resto de días.

2. Aforos limitados por los ayuntamientos

Con el fin de evitar la formación de aglomeraciones de personas en las vías y espacios públicos, los ayuntamientos adoptarán medidas de control del aforo en aquellas vías o espacios públicos que se prevea que puedan tener una alta densidad de afluencia de personas, estableciéndose, si fuese necesario, itinerarios para dirigir la circulación de las personas y así poder mantener la distancia de seguridad interpersonal.

3. Prohibidas las campanadas

No se podrán organizar actos con motivo de festejar las doce campanadas de fin de año en plazas o vías públicas. Los ayuntamientos respectivos informarán a la población para que no concurra a los lugares donde tradicionalmente se desarrollen estos actos y adoptarán medidas precisas de control para evitar que se produzcan aglomeraciones por dicho motivo.

4. Se suspenden los espectáculos

Se suspende provisionalmente la concesión de nuevas autorizaciones para la celebración de espectáculos y actividades recreativas cuyo desarrollo discurra por uno o varios términos municipales, con las excepciones previstas en los puntos siguientes.

5. Cabalgatas y conciertos

Si bien se recomienda no celebrar eventos como cabalgatas de reyes y conciertos navideños, y en general cualquier acto que contribuya a una elevada afluencia con riesgo de aglomeración de personas en la vía pública, siendo preferible su sustitución por actos retransmitidos a distancia o virtuales, en caso de celebrarse, deberá tenerse en cuenta lo siguiente:

Recomendaciones

  • Recintos acotados: sólo podrá hacerse en recintos acotados, estableciendo por diferentes lugares la entrada y salida del público y en el caso de cabalgatas y similares deberán realizarse de forma estática

  • Público sentado: el público asistente deberá permanecer sentado y no se podrá superar el cincuenta por ciento del aforo, debiendo garantizarse, en todo caso, una distancia mínima interpersonal de, al menos, 1,5 metros y el uso de mascarilla de todo el público asistente.

  • Con mascarilla: se prohíbe el consumo de alimentos y bebidas, así como cualquier otra actividad que ocasione no usar la mascarilla por parte del público durante estos eventos, así como en su acceso o salida.

6. Belenes

Las exposiciones de belenes y los belenes vivientes solo se podrán llevar a cabo en recintos acotados y no se podrá superar el 50% de su aforo, debiendo garantizarse, en todo caso, una distancia mínima interpersonal de, al menos, 1,5 metros y el uso de mascarilla, debiendo establecerse límites de tiempo en la permanencia de personas en exposiciones interiores, que preferiblemente no superen los 15 minutos.

7. Cierre de bares a las 22:00

Para los días 24 y 31 de diciembre se mantiene, como horario de cierre de los establecimientos de hostelería y restauración, las 22:00 horas como máximo, sin que puedan admitirse nuevos clientes a partir de las 21:00 horas. Se incluye a los establecimientos y servicios de restauración en zonas comunes de hoteles y alojamientos para todo tipo de clientes, externos o alojados.

8. Residencias de mayores

Se flexibilizan las visitas de familiares a los centros residenciales de personas mayores y de persona con discapacidad, ampliando éstas hasta 2 familiares por residente y día, con una duración máxima de dos horas.

9. Prueba en las residencias

En los centros residenciales de personas mayores donde tradicionalmente se realizaban cenas o comidas de Navidad de familiares con los residentes, se podrán realizar, siempre y cuando los familiares, máximo 2 por residente, tengan una prueba diagnóstica de infección activa negativa, extremando las medidas de seguridad.

10. Se prohíbe la San Silvestre

Se suspende las actividades y eventos deportivos, como la carrera de San Silvestre, con elevada afluencia de público o que puedan provocar aglomeraciones.

Recomendaciones

Las recomendaciones acordadas por el Gobierno regional están destinadas con carácter general a extremar la diligencia en las medidas de prevención y a limitar la interacción social. Todo ello, sin perjuicio del mantenimiento de las medidas previstas en el Acuerdo 76/2020, de 3 de noviembre, así como de aquellas acordadas por el presidente de la Junta de Castilla y León en su condición de autoridad sanitaria delegada del Gobierno de la Nación para la Comunidad de Castilla y León, por el Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2.

Son las siguientes:

1. Uso de mascarilla todo el tiempo

Se recomienda extremar la diligencia en la observancia de las medidas generales de prevención, en particular el uso de mascarilla todo el tiempo que sea posible, el lavado de manos frecuente, el respeto a la distancia física de seguridad interpersonal, maximizar la ventilación de espacios cerrados, minimizar el número de contactos y permanecer en el domicilio en caso de tener síntomas de la enfermedad.

2. Estudiantes que vuelven a casa

Se recomienda a quienes cursen estudios fuera del lugar de residencia familiar y regresen a la misma para las vacaciones navideñas que limiten las interacciones sociales y extremen las medidas de prevención los diez días anteriores al regreso. Una vez en el domicilio, se recomienda limitar los contactos, respetar su burbuja de convivencia e interactuar sobre todo al aire libre en lugar de en el interior.

3. Reforzar la ventilación

Se recomienda a los establecimientos de hostelería reforzar la ventilación de los espacios interiores y reforzar el mensaje de hacer uso de la mascarilla cuando no se esté comiendo ni bebiendo y se evitará comer del mismo plato.

4. Mayor uso del espacio público

Se recomienda a los ayuntamientos favorecer un mayor uso del espacio público al aire libre, de manera que se incremente la proporción de espacios abiertos disponibles para la ciudadanía, en comparación con los espacios cerrados en los que existe mayor riesgo de transmisión, para la realización de eventos culturales, actividades para la infancia o para la hostelería y el comercio, respetando siempre lo dispuesto en relación con la celebración de eventos con elevada afluencia de público. Asimismo, se recomienda no ingerir alimentos o bebidas en la calle, salvo en los espacios acondicionados para ello, ni fumar en la vía pública cuando no se pueda respetar la distancia de seguridad de al menos 2 metros.

5. Actividades al aire libre

Siempre que sea posible, se recomienda que las actividades se realicen al aire libre y garantizando el cumplimiento de la distancia de seguridad para minimizar el contacto entre los asistentes.

6. Comprar con antelación

Se recomienda a la población que organice sus compras con antelación para evitar las grandes aglomeraciones en calles y centros comerciales.

7. Evitar los cantos

En todo tipo de celebraciones, tanto religiosas como civiles, se recomienda evitar los cantos, sustituyéndolo por el uso de música pregrabada y se evitarán las muestras físicas de devoción o tradición (besos, contacto sobre imágenes, esculturas, etc.) sustituyéndolas por otras que no conlleven riesgo sanitario.

8. Misa del gallo

La celebración de eventos religiosos, tales como la misa del gallo, no será óbice para el cumplimiento de la regulación relativa a la limitación de la libertad de circulación de las personas en horario nocturno. Se recomienda ofrecer como alternativa servicios telemáticos o por televisión.

9. Salidas de siete días de las residencias de mayores

Se recomienda que, en aquellos casos en que las personas residentes de centros residenciales de personas mayores o de personas con discapacidad realicen una salida más prolongada con motivo de las celebraciones navideñas, ésta tenga una duración mínima de 7 días y quede restringida a un único domicilio y manteniendo una burbuja de convivencia estable. En las 24 horas anteriores a su reingreso al centro, se realizará una prueba de diagnóstico de infección activa y en los días posteriores se extremarán las medidas de vigilancia y prevención.

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