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El consejero de Economía y Hacienda y portavoz, Carlos Fernández Carriedo, y el de la Presidencia, Luis Miguel González Gago, tras el Consejo de Gobierno de este jueves. Rubén Cacho / Ical
La Ley de Amnistía vulnera «como mínimo catorce artículos de la Constitución», según la Junta
Castilla y León

La Ley de Amnistía vulnera «como mínimo catorce artículos de la Constitución», según la Junta

El Gobierno autonómico presentará su recurso contra esa norma el 10 de septiembre, un día antes de que concluya el plazo

Jueves, 29 de agosto 2024, 16:00

La Ley Orgánica de Amnistía para la normalización institucional, política y social en Cataluña vulnera «como mínimo catorce artículos de la Constitución» que además no son unos apartados cualquiera, sino «artículos muy importantes que son la base de nuestro Estado de Derecho y seguramente, en muchos aspectos, de nuestra continuidad como Estado dentro de Europa». Esa es la posición de la Junta de Castilla y León a la que ha puesto voz el consejero de la Presidencia, Luis Miguel González Gago, tras la reunión del Consejo de Gobierno autonómico de este jueves.

Como había avanzado el presidente, Alfonso Fernández Mañueco, la sesión ha tenido como principal asunto del orden del día la concesión a los Servicios Jurídicos de la comunidad de la autorización que necesitan para formalizar el recurso contra la norma que anunció el 4 de noviembre del año pasado y en el que se reafirmó el 30 de mayo, tan solo unos minutos después de que fuera aprobada por el Congreso de los Diputados. Es el último paso antes de su presentación ante el Tribunal Constitucional, que todo indica que se producirá un día antes de que concluya el plazo establecido para hacerlo. «Contando con que quedan ocho días hábiles» y que «el 9 es festivo en Valladolid», «fácilmente podemos asegurar que será sobre el 10 de septiembre», ha concretado González Gago.

Los catorce artículos de la Constitución que vulnera la Ley de Amnistía, a juicio del Gobierno autonómico, y el motivo

  • Artículo 1.1. Quiebra del Estado de derecho y del principio democrático.

  • Artículo 9.3..Reforma encubierta de la Constitución mediante Ley Orgánica.

  • Artículo 14. Quiebra del principio de igualdad entre españoles.

  • Artículo 15. Supresión del derecho a la integridad física y moral.

  • Artículo 16. Discriminación entre ciudadanos por su ideología política.

  • Artículo 17. Supresión de los derechos a la libertad y a la seguridad.

  • Artículo 24. Impedimento del cumplimiento de los fallos judiciales.

  • Artículo 55. Vulneración de la autoridad judicial en el dictado de medidas cautelares.

  • Artículo 62. Aplicación encubierta de un instrumento jurídico no permitido: los indultos generales.

  • Artículo 81. Aplicación de un instrumento jurídico no previsto en la Constitución.

  • Artículo 96. Vulneración del Tratado de la Unión Europea.

  • Artículos 117 y 118. Injerencia en las competencias del Poder Judicial.

  • Artículo 139. Quiebra de la igualdad territorial entre ciudadanos de diferentes comunidades autónomas.

Sin esperar a ese día, el titular de la cartera de Presidencia ha desgranado los argumentos en los que la Junta basa su oposición frontal a la Ley de Amnistía, que se centran fundamentalmente en que supone «la quiebra de la igualdad» entre los ciudadanos de las distintas autonomías y «la quiebra del Estado de Derecho y del principio democrático». Junto a esto, el Ejecutivo considera injustificado que la regulación «se califique a sí misma como singular», una modalidad legislativa que «se aplica torticeramente sin tener encaje». En definitiva, razones que «creemos que servirán para que el Tribunal Constitucional estime nuestro recurso», ha dicho el consejero del que dependen los Servicios Jurídicos, quien ha destacado que «Castilla y León es la primera comunidad donde ha habido un acto aprobatorio público de este tipo», algo en lo que también ha incidido el consejero de Economía y Hacienda y portavoz, Carlos Fernández Carriedo.

Cuatro bloques diferenciados

El acuerdo adoptado por la Junta, de «más de 20 folios», se estructura en «cuatro grandes bloques». El primero «acredita la legitimación» de la Junta para presentar el recurso, mientras que el segundo hace una crítica de conjunto «respecto a la aplicación de la figura jurídica de la amnistía, por no estar como tal prevista en la Constitución», y en relación a la mencionada apelación a la singularidad. En tercer lugar, el documento señala y rechaza aspectos concretos del texto legal, para concluir con la impugnación de sus disposiciones finales.

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