El Gobierno multa con 15.000 euros a Abertis por el caos de la nevada de Reyes
Segovia ·
El Ministerio de Fomento considera que hubo «negligencia en la prestación de servicios a los usuarios»Secciones
Servicios
Destacamos
Segovia ·
El Ministerio de Fomento considera que hubo «negligencia en la prestación de servicios a los usuarios»El Ministerio de Fomento ha resuelto sancionar, conjunta y solidariamente, a Castellana de Autopistas y a Iberpistas, ambas como concesionarias del Estado y pertenecientes al grupo Abertis, con la multa de 15.000 euros por los daños y perjuicios producidos con motivo del caos ... causado por la nevada que colapsó la autopista AP-6 y que también ocasionó numerosas incidencias y trastornos en los ramales de la AP-61 y AP-51 entre el 5 y el 8 de enero.
Según la información ministerial, califica la infracción como «grave» por la que se multa a las empresas de Abertis, según se recoge en el artículo 41.3 l) de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de Carreteras, y demás normativa de aplicación. «La sanción impuesta es la máxima posible conforme a la legislación aplicable al momento de producirse los hechos», añade el departamento que dirige el ministro José Luis Ábalos.
Los hechos que constituyen el objeto de la sanción son «la negligencia de las sociedades concesionarias, Castellana de Autopistas e Iberpistas, en la prestación de servicios a los usuarios, con consecuencias graves para la circulación».
Asimismo, la resolución responsabiliza a las sociedades de que los medios necesarios fueron insuficientes y les recrimina la «inadecuada gestión de las restricciones del tráfico y de la transmisión de la información a los usuarios, durante los días 5 a 8 de enero de 2018, en las autopistas AP-6, AP-51 y AP-61».
Por otro lado, el comunicación del Ministerio recuerda que el Consejo de Ministros, en su reunión de 8 de noviembre, aprobó el Real Decreto Ley 18/2018 sobre medidas urgentes en materia de carreteras, el cual introduce en el ordenamiento jurídico una nueva infracción muy grave para sancionar a las sociedades concesionarias cuando ocasionen un perjuicio significativo a los usuarios tipificando cuándo dicho perjuicio supone una infracción muy grave frente a una grave
¿Ya eres suscriptor/a? Inicia sesión
Publicidad
Publicidad
Te puede interesar
Publicidad
Publicidad
Esta funcionalidad es exclusiva para suscriptores.
Reporta un error en esta noticia
Comentar es una ventaja exclusiva para registrados
¿Ya eres registrado?
Inicia sesiónNecesitas ser suscriptor para poder votar.