La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) acaba de ratificar la sentencia emitida el pasado mes de mayo por parte de la Audiencia Provincial de Burgos mediante la que se condenaba a cuatro años de ... prisión y una multa de 22.000 euros a un vecino de Villalbilla por tráfico de drogas.
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Dicha sentencia fue recurrida por el condenado, que alegaba ser adicto a las sustancias estupefacientes con las que traficaba. Sin embargo, el TSJ ha considerado que esa circunstancia no es eximente ni ha de ser tenida en cuenta a la hora de aplicar la pena, por lo que no cabe modificación de la condena en los términos emitidos en primera instancia.
Según consta como hechos probados, el hombre, sin antecedentes penales, fue identificado y detenido por agentes de la Policía Nacional el 5 de octubre de 2021. Ese día, una patrulla que estaba realizando un seguimiento sobre el sujeto, sobre el que el Grupo de Estupefacientes de la Brigada Judicial tenía sospechas de que se dedicara al tráfico de estupefacientes, observó cómo el condenado manipulaba algo en el interior de su vehículo estacionado en la calle Duque de Frías.
Ante las sospechas generadas, los agentes decidieron intervenir y cachear al hombre, que fue sorprendido portando varias bolsas de 'speed', una báscula de precisión y varias llaves.
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A partir de ahí, los agentes, acompañados por el sujeto, procedieron al registro de un trastero cercano, donde se localizó una pequeña nevera para conservar el sulfato de anfetamina, dos básculas de precisión, rollo de alambre tipo fleje, bolsas de plástico para fraccionar dosis, sustancia de corte y útiles para preparar dosis.
También se hallaron otros utensilios como una navaja, cuchara y tijeras con restos de sustancias, que el acusado mostró de forma voluntaria a los agentes, que se incautaron de 200,5 gramos de anfetamina, más de 60 gramos de cocaína, 26,6 gramos de MDMA y 77 pastillas de esta misma droga.
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El valor de las citadas sustancias, cuya finalidad era la distribución a terceros y el consumo propio según la explicación del ahora condenado, ha sido determinado en más de 11.000 euros.
Ahora, una vez dictada sentencia en segunda instancia, el condenado tendrá la opción de recurrir ante el Tribunal Supremo.
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