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El Juzgado de Primera Instancia Número 3 de Burgos ha condenado a la empresa Dineo Crédito a devolver los intereses generados tras solicitar un burgalés (M. A.) 16 microcréditos por cuantías de entre 200 y 500 euros entre el 31 de marzo de ... 2017 y el 16 de julio de 2018. La media de los intereses aplicados en esos contratos era del 3.752% TAE.
En este caso concreto, el cliente había ido encadenando un contrato con otro para pagar el crédito anterior, según apunta Don Recuperador, quienes presentaron la demanda.
En su defensa, Dineo Crédito alegaba que varias entidades de microcréditos habían constituido una asociación denominada AEMIP, y que la referencia en la que los juzgados habrían de fijarse para saber si el interés de un contrato de microcrédito es normal o no, sería la del interés medio de los créditos que prestan estas empresas.
Asimismo, el juez no ha visto necesario acudir a ninguna tabla comparativa de tipos de interés del Banco de España para considerarlos usurarios y declarar su nulidad con los efectos que ello acarrea, de conformidad con el artículo 3 de la Ley de Represión de la Usura.
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