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Palacio de Justicia de Burgos. GIT
La Justicia avala el despido de una trabajadora de Burgos por bailar en TikTok estando de baja

La Justicia avala el despido de una trabajadora de Burgos por bailar en TikTok estando de baja

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha confirmado la sentencia del Juzgado de lo Social que consideraba el despido procedente. La empleada, de los Supermercados Lupa, estaba de baja por lumbalgia pero grabó numerosos vídeos en la red social

Miércoles, 7 de diciembre 2022, 15:46

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ha confirmado el despido como procedente de una trabajadora de Burgos a la que su empresa, la matriz de Supermercados Lupa, había despedido tras comprobar que había estado colgando vídeos en TikTok, en los que ... se la veía bailando, mientras estaba de baja laboral por una lumbalgia.

La Sala de los Social del TSJCyL ha aceptado como prueba, igual que hizo en su momento el Juzgado de lo Social 1 de Burgos, los vídeos colgados por la trabajadora en la red social, a través de un perfil propio abierto al público. De este modo, ha desestimado el recurso de suplicación presentada por la despedida, ratificando la sentencia primera y, por tanto, el despido procedente.

Los hechos se remontan a septiembre de 2021, cuando Semark AC Group S.A. presentó la carta de despido a la trabajadora, empleada desde noviembre de 2006 en un centro de trabajo de Burgos, en concreto, en un Supermercado Lupa. La cesada estuvo de baja laboral entre enero de 2021 y enero de 2022 por una incapacidad temporal por lumbalgia, reconocida por partes médicos.

Como se recoge en los hechos probados de la sentencia, la empleada había ido renovando periódicamente con partes médicos debidamente justificados su incapacidad temporal, hasta que la jefa de zona informó a recursos humanos de que estaba colgando vídeos en su perfil personal de TikTok; unos vídeos en los que se la veía «realizando movimientos incompatibles con su dolencia de lumbalgia».

Perfil abierto

Por ese motivo, explica la empresa, se inició una investigación, que dio como resultado que durante el tiempo de la baja, y hasta el 10 de septiembre, había subido numeroso contenido multimedia en el que se la veía bailando y realizando esos movimientos «incompatibles con la lumbalgia». Además, recordaba la empresa, el perfil era público y estaba abierto a cualquier usuario.

«Se ha podido constatar que, desde la fecha de baja, y hasta el 10 de septiembre, Ud. ha realizado multitud de publicaciones a modo de videos con el citado perfil. [...] En las mismos, baila, se mueve y actúa de un modo que es incompatible con la lesión diagnosticada en enero de 2021. Lo que estaba diagnosticado como un proceso corto en cuanto a su curación, se ha convertido en una exposición viral de videos, que demuestran el fraude al sistema de prestaciones, y una falta de respeto a la empresa y a sus compañeros», reza la carta de despido remitida a la empleada y recogida en la sentencia.

La carta de despido se remitió en septiembre de 2021, y llevaba como prueba los citados vídeos de la red social, que demostraban a juicio de la empresa «un fraude a la seguridad social y falta de respeto a los compañeros y la empresa». El Juzgado de lo Social 1 de Burgos declaró como procedente el despido y, ahora, el TSJCyL confirma esa sentencia y lo ratifica también.

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