Tras el conflicto laboral que desembocó en paros parciales y jornadas de huelga en 2018, los problemas han vuelto al seno de Ambulancias Rodrigo. Y, en este caso, con requerimientos y propuetas de sanción por parte de la Inspección de Trabajo incluidos, ante incumplimientos ... del convenio colectivo en materia de jornadas laborales, turnos, calendarios, vacaciones, modelos de contratación y nóminas. E, incluso, acta de infracción por problemas con el registro de la jornada.
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Así se desprende del informe remitido por la Inspección de Trabajo el pasado 29 de enero y en el que se requiere a Ambulancias Rodrigo, integrada en Ambuibérica, a cumplir «de inmediato» los artículos del Convenio Colectivo de Transporte de Enfermos y Accidentados en Ambulancia de Castilla y León referidos a estas cuestiones, así como el Estatuto de los Trabajadores en lo relativo a cesión de trabajadores.
La resolución de Trabajo deriva de una denuncia interpuesta en 2019 por el comité de empresa de Ambulancias Rodrigo, que dio lugar a una reunión en septiembre en dependencias de la Inspección en Burgos, según se recoge en el acta. En ella, las partes mostraron «voluntad negociadora» y acordaron celebrar encuentros conjuntos para tratar de llegar a un acuerdo.
En noviembre, el comité de empresa comunica a la Inspección que no se ha llegado a ningún acuerdo y que, además, la empresa no les ha hecho llegar la documentación solicitada (horas extraordinarias, calendarios...). Por ello, desde Trabajo han procedido a requirir a la empresa «para que, de inmediato, dé cumplimiento» al convenio colectivo en los artículos 21, 24, 25 y 27.
Dichos artículos hacen referencia a las jornadas ordinarias de trabajo de los empleados de Ambulancias Rodrigo, los controles de entrada y salida, las jornadas máximas, el cómputo de horas extras y su abono, los turnos, la modificación de horarios por necesidades del servicio, el caracter voluntario del dispotivo de localización, el plus de disponibilidad, los descansos semanales o las vacaciones.
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También la publicación del cuadro de horarios y los calendarios laborales, y el protocolo para la asignación de servicios. Además, Trabajo recuerda que, conforme al Estatuto de los Trabajadores, en su artítulo 43, la contratación de trabajadores para cederlos temporalmente a un tercero debe realizarse a través de ETT.
Circunstancias todas ellas que lleva a CC.OO. a afirmar que, con su resolución, la Inspección de Trabajo deja claro que Ambulancias rodrigo «no está cumpliendo» con el convenio colectivo. No lo ve de igual modo Ambuibérica, que considera que la Inspección «se limita a recordar su mero cumplimiento» y «en ningún caso afirma que lo incumpla».
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Tampoco se ha recibido, por el momento, ninguna sanción, si bien el acta de Trabajo sí que reconoce las propuestas de sanción por falta de información a los representantes legales de los trabajadores. Del mismo modo, existe levantamiento de acta de infracción por problemas con el registro de la jornada de trabajo.
Y en lo que respecta a los contratos de interinidad para cubrir personal con derecho a reserva de puesto o eventuales por circunstancias de producción, la Inspección ha revisado la documentación ofrecida por la empresa y considera que el objeto de los contratos «no aparece perfectamente definido», por lo que ha cursado requerimiento correspondiente.
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Finalmente, Trabajo afirma que seguirá de cerca el cumplimiento del compromiso adquirido por Ambulancias Rodrigo de regularizar lo que el sindicato considera «irregularidades en la nómina». En concreto, la empresa tendrá que pagar en febrero, bajo el concepto de incentivos (y cotizable), conceptos retributivos distintos a los pluses habituales pero consolidados.
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