La controversia generada entre los propietarios de mascotas en Burgos tras la imposición del toque de queda a las 20 horas ha obtenido al fin respuesta. La Junta de Castilla y León incluye en su última actualización de las normas para el nivel 4 de ... emergencia la posibilidad de pasear a los perros en la Comunidad hasta las 22 horas. Eso sí, siempre que no excedan los 30 minutos y que no se alejen del domicilio más de 500 metros.
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En el documento para la aplicación de las restricciones en toda la región se contemplan las preguntas más frecuentes realizadas por la ciudadanía. Una de las inquietudes más reiteradas hacía referencia, precisamente, a la legalidad de sacar a las mascotas a la calle a hacer sus necesidades. En la actualización hoy se incluye esta salida como excepción y, además, presenta algunas que hacen referencia a la posibilidad de realizar la compra pasadas las 20 horas, a la práctica de actividades deportivas y otras excepciones a la norma del toque de queda.
En lo relativo a la suspensión de apertura al público de los grandes establecimientos comerciales, la excepción detalla que podrán abrir sus puertas los establecimientos comerciales minoristas de alimentación, bebidas, productos y bienes de primera necesidad. También los establecimientos sanitarios, centros o clínicas veterinarias, tiendas de productos higiénicos,librería, prensa y papelería, combustible para la automoción, estancos, equipos tecnológicos y de telecomunicaciones y alimentos para animales de compañía.
Tintorerías y lavanderías, Sucursales bancarias, peluquerías y departamentos dedicados a todas las actividades mencionadas y que se puedan considera bienes de primera necesidad y los que dispongan de venta al público con acceso directo e independiente desde el exterior.
Es posible entrenar y competir más allá de las 20:00 horas, pero únicamente pueden hacerlo «los deportistas y demás personal necesario que participen en competiciones oficiales, incluyendo los entrenamientos, de carácter no profesional de ámbito estatal e internacional y competiciones regulares de ámbito autonómico con acceso directo o con fases de ascenso a competiciones regulares de ámbito estatal«.
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Sí se permite circular pasada la hora del toque de queda a personas que cursen estudios en la Escuela Municipal de Música, dado que se considera análogo a la asistencia a centros universitarios, docentes y educativos, incluidas las escuelas de educación infantil. También es posible asistir a Formación Profesional pasadas las 20 horas, sin emabargo no quedan exentas a esta norma las academias privadas, al no tratarse de formación reglada.
En cuanto a la duda acerca de si se puede salir a comprar pasada la hora del toque de queda, la respuesta de la Junta es afirmativa siempre que sea para adquirir bienes de primera necesidad como son alimentación, bebidas, productos de droguería y limpieza, higiene personal y alimentación de animales de compañía.
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A partir de las 20 horas de la tarde solo podrán permanecer abiertas farmacias, establecimientos comerciales que se dediquen a la venta de productos sanitarios y otros bienes de primera necesidad así como gasolineras o estaciones de servicio.
No se considera de primera necesidad el desplazamiento fuera de la provincia ni de la comunidad autónoma para acudir a enterrar las cenizas de un familiar. Sí podrán salir del perímetro provincial aquellas personas que vayan a visitar a un familiar directo que se encuentre enfermo terminal o en situación de recibir cuidados paliativos.
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Se recomienda el aplazamiento de la bodas civiles y, de no poder retrasar la fecha, el aforo se restringe a un máximo de 20 personas.
La actualización de la guía también contempla que en la terraza de un local de hostelería pueden sentarse seis personas, dado que la limitación de cuatro personas no afecta a la confluencia de personas en establecimientos abiertos al público que cuenteen con un régimen de medidas de perevención y control aprobado por la autoridad sanitaria.
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