La Audiencia Provincia de Burgos ha condenado a un varón de 23 años de edad de origen colombiano a una pena de seis años de prisión por sendos delitos de agresión sexual y lesiones leves sobre una joven de 16 años. Una pena que ... ha sido confirmada tras la aceptación por parte de la defensa de la solicitud elevada previamente por la Fiscalía.
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Los hechos enjuiciados se remontan a primeros de agosto de 2018, cuando el condenado coincidió con la joven en los entorno del parque de San Agustín. De acuerdo al relato de los hechos, corroborado por el propio acusado, la chica lo acompañó a recoger un paquete de un conocido y llevarlo a casa. Sin embargo, cuando entraron en el domicilio del acusado, éste «se abalanzó sobre ella y tras cogerla en volandas, en contra de la voluntad de la menor, la tiró sobre la cama de su habitación poniéndose encima de ella impidiendo que huyera, comenzando a besarla mientras la inmovilizaba».
A partir de ese momento, y usando un cierto grado de violencia en la inmovilización, el condenado la agredió sexualmente, provocando a la menor un cuadro de ansiedad y varias lesiones que posteriormente necesitaron de atención médica.
Una vez interpuesta la denuncia e identificado al agresor, el Juzgado de Instrucción dictaminó dos días después su ingreso provisional en la prisión de Burgos, donde permanecía a la espera de la celebración del juicio oral. Un juicio oral que finalmente no se llegó a celebrar, pues la defensa del acusado aceptó los términos solicitados por la Fiscalía y el Tribunal dictaminó una sentencia de conformidad ente las partes.
Así, finalmente, el acusado ha sido condenado a seis años de prisión y otros diez de libertad vigilada, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena, y costas procesales.
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Además, la Audiencia Provincial también ha dictaminado la prohibición de aproximarse a la víctima a una distancia no inferior de 500 metros, así como la prohibición de comunicarse por cualquier medio durante 15 años. También deberá indemnizar a la víctima con 40.280 euros por las lesiones y el daño moral causado, así como al Sacyl con 743,27 euros por el gasto sanitario generado fruto de la asistencia médica
En todo caso, la pena privativa de libertad deberá ser sustituida por la expulsión del territorio nacional, una vez que el penado acceda al tercer grado o se conceda la libertad condicional (no antes de haber cumplido la mitad de la pena). Una vez expulsado, el condenado no podrá regresar a España por un periodo de diez años.
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