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Panorámica de la contaminación de Madrid, en 2017. EFE
Los juzgados obligan a los Gobiernos autonómicos a mejorar la calidad del aire

Los juzgados obligan a los Gobiernos autonómicos a mejorar la calidad del aire

Cuatro sentencias en Castilla y León, Cataluña, Valencia y Navarra obligan a redactar nuevas normas, a la espera de más juicios en Murcia y País Vasco

Miércoles, 11 de octubre 2023, 00:46

Al inicio de verano, justo antes de que se alcancen niveles máximos de contaminación atmosférica en algunas ciudades españolas, un juzgado dictó la cuarta sentencia contra una comunidad autónoma para que mejore la calidad del aire. En concreto, el Tribunal Superior de Castilla y León ... daba seis meses, contados a partir de junio, a la Consejería de Fomento y Medio Ambiente para que elabore un «plan» que evite que la concentración de precursores del ozono troposférico y que alerten a los ciudadanos en caso de peligro, según obliga una directiva europea.

Esta comunidad ya había aprobado un «acuerdo» para mejorar la calidad del aire, con «con cinco medidas» y otras «acciones dirigidas a la reducción de las emisiones», como reconocía el tribunal. No obstante, esas normas se anulaban por orden judicial porque no distinguían entre las «zonas» afectadas con las que superan los umbrales tolerables para los vecinos. No es posible, dice la sentencia, un «plan único». En contra de criterios como la «economía administrativa o de urgencia», existían «incumplimientos de los valores objetivos para la protección de la salud».

Esta sentencia es uno de logros de Ecologistas en Acción, que lleva a cabo una ofensiva jurídica en los tribunales para que los gobiernos autonómicos controlen la contaminación atmosférica, sobre todo la del ozono, que causa trastornos respiratorios y cardíacos. Desde 2020 dicha ONG ha logrado que Cataluña, Comunidad Valenciana, Castilla y León y Navarra trabajen en planes más estrictos para ese control y la activación de avisos para que la población evite las calles. También se felicitan por el inicio de estos planes en Andalucía, antes de enfrentarse a un juicio, y que Baleares estimara un recurso administrativo para empezar el suyo.

Con estas resoluciones, unas once millones de personas pueden verse beneficiadas, calcula Miguel Ángel Ceballos, coordinador de Ecologistas en Acción. «Entre las ciudades afectadas por las órdenes judiciales se encuentran las aglomeraciones de Alicante, Barcelona, Salamanca, Tarragona y Valladolid», explica. «Pero en un sentido amplio las sentencias tienen efectos en doce comunidades autónomas, con más de 30 millones de habitantes».

Los fundamentos de las sentencias varían, como el del Tribunal Superior de la Comunidad Valenciana, que en enero impuso a la Generalitat «elaborar y aprobar sin dilaciones los planes para las zonas y aglomeraciones afectadas por superaciones de los valores objetivo para el ozono». Aunque se habían superado los valores de ozono permitidos desde 2010 en once de las 18 zonas del territorio valenciano, la autoridad local había pedido esperar que el Gobierno central terminara una estrategia nacional. Pero los jueces respondieron que el incumplimiento del Estado no le eximía de su obligación de controlar la calidad del aire.

Uno perdido y dos pendientes

Hasta el momento Ecologistas en Acción ha perdido solo un juicio, contra Madrid, donde el Tribunal Superior de Justicia determinó que los planes regionales de «mejora de calidad del aire», conocidos como 'Plan Azul +' eran efectivos para los requerimientos de los demandantes, con lo que desestimó la denuncia hace casi dos años.

Se muestran satisfechos, sin embargo, con que el Tribunal Supremo haya declarado a instancias suyas que los planes autonómicos son independientes al Plan Nacional; que Cataluña y Castilla y León elabore planes autonómicos «a la mayor brevedad», y que Navarra y la Comunidad Valenciana hayan empezado la cuenta atrás para hacer público los que están redactando, se preparan más juicios.

«Actualmente se está tramitando un recurso en el TSJ de Murcia, y se va a interponer otro en el TSJ del País Vasco», indica Ceballos. «Nuestra argumentación esencial ha sido la misma: el incumplimiento del objetivo legal establecido para el ozono obliga a adoptar medidas de reducción de este contaminante, mediante la elaboración y aprobación de planes de mejora de la calidad del aire en las zonas afectadas, con el suficiente grado de detalle territorial y medidas programadas y presupuestadas. Lo previsible es que haya una sentencia similar a las que ya conocemos».

A pesar de las resoluciones hay camino por recorrer. Navarra ya excedió el tiempo dado por el tribunal, indica Ecologistas en Acción, que vencía el 31 de diciembre de 2022, y Castilla y León podría aún recurrir (las demás son firmes). Otra cosa es el contenido, que «deja mucho que desear», dice Ceballos, al no prever «medidas concretas, programadas y presupuestadas de reducción de las emisiones de precursores del ozono en la ganadería, la industria y el transporte. Están tratando de aparentar».

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