El Comité Provincial del PSOE exige a la Gestora la convocatoria de un Comité Federal

El Comité Provincial del PSOE de Burgos, reunido hoy, ha emitido una instancia a la Comisión Gestora del partido para iniciar el proceso de primarias

Desde Burgos se mantuvo en todo momento una posición crítica con la abstención del Grupo Parlamentario en la investidura de Rajoy

El Comité Provincial del PSOE exige a la Gestora la convocatoria de un Comité Federal Esther Peña con Ander Gil. GIT

El Comité Provincial del PSOE de Burgos ha acordado en una reunión celebrada esta mañana instar a la Comisión Gestora del partido a que convoque lo antes posible al Comité Federal que apruebe el calendario para la celebración de un Congreso Federal ordinario en los primeros meses de 2017, abriendo así un proceso para la elección de la Secretaría General del Partido con el voto directo de los militantes.

En esta propuesta, que ha sido aprobada por mayoría, se explica que durante el pasado mes de octubre varias agrupaciones de la provincia se pronunciaron a través de sus asambleas y/o comisiones ejecutivas municipales a favor de sostener la resolución política aprobada por el Comité Federal de 28 de diciembre de 2015 y que otras muchas abogaban por que, en todo caso, la abstención del Grupo Parlamentario Socialista en el Congreso se limitara al número imprescindible de diputados y diputadas que posibilitara la investidura de Mariano Rajoy en segunda votación. Todas ellas, en cambio, solicitaban la celebración de un Congreso manteniendo la elección directa de la Secretaría General a través del voto directo de los militantes una vez que se resolviera la gobernabilidad del país.

Además, en esta resolución se recuerda que, según lo establecido en el artículo 31.6 de los Estatutos Federales del PSOE, “el Congreso se reúne ordinariamente entre el tercer y cuarto año desde la celebración del congreso ordinario anterior”. El 38 Congreso ordinario del PSOE tuvo lugar el 3, 4 y 5 de febrero de 2012, en Sevilla.

Igualmente, se especifica que el artículo 2.1 del Reglamento Federal de Congresos establece que el Comité Federal es el órgano competente para convocarlo, “determinando las fechas y lugar para su celebración por lo menos con 60 días de antelación”. Por otro lado, señala, el artículo 9 del mismo reglamento indica que la convocatoria del Congreso conlleva la apertura de un proceso de elección por la militancia del secretario general, de acuerdo con las previsiones del artículo 5.1 b) de los estatutos federales.

También la propuesta establece que el partido “no puede estar divagando sin dirección ni liderazgo indefinidamente, dejando la iniciativa política a una Comisión Gestora y toda la responsabilidad a la dirección del grupo parlamentario”.