La Audiencia Nacional ratifica la sanción por desconectar Garoña sin permiso
La Audiencia Nacional desestima el recurso de Nuclenor y ratifica la sanción de 18,4 millones de euros impuesta por la CNMC por la desconexión de Garoña
El tribunal entiende que la desconexión se hizo sin los debidos permisos
La Audiencia Nacional ha ratificado la sanción impuesta en julio de 2014 por la Comisión Nacional del Mercado de la Competencia (CNMC) a Nuclenor por apagar el reactor de la central nuclear de Santa María de Garoña en diciembre de 2012 sin la preceptiva autorización, desestimando así el recurso presentado tiempo atrás por la empresa, participada al 50 por ciento por Endesa e Iberdrola.
Nuclenor desconectó Garoña siete meses antes de que finalizara el permiso de explotación
Según la Audiencia Nacional, la multa impuesta por la CNMC, que asciende a más de 18,4 millones de euros, se impuso acorde a derecho. A su juicio, no existe justificación legal alguna que permitiera a Nuclenor apagar el reactor de Garoña en las condiciones en las que lo hizo, sin solicitar autorización previa al Consejo de Seguridad Nuclear (CSN) y el resto de organismos competentes en la materia. En este sentido, la Audiencia Nacional comparte todos los argumentos de la CNMC, asegurando, básicamente, que Nuclenor tomó la decisión motu proprio.
En principio, el permiso de explotación de la central permanecía vigente hasta julio de 2013. Sin embargo, la empresa decidió adelantar su desconexión a mediados de diciembre de 2012 motivada por la inminente entrada en vigor de una nueva normativa fiscal que le obligaba a afrontar el pago de nuevos impuestos. Vista la situación, Nuclenor entendió que no resultaba viable económicamente mantener la operativa más allá de diciembre y en la noche del día 16 procedió a la desconexión del reactor.
Así, la CNMC decidió multar a la empresa por haber reducido la capacidad de producción y de suministro de energía eléctrica nacional sin la correspondiente autorización. Y lo hizo argumentando que “la decisión de parar el funcionamiento de la central y la ejecución de las actuaciones necesarias para la descarga completa del combustible se adoptaron por Nuclenor estando plenamente vigente y operativa la autorización de explotación de la central y sin que concurrieran las circunstancias de parada previamente programada, ni circunstancias imprevistas de carácter técnico o de seguridad que aconsejaran o hicieran necesaria la parada”.
A la espera
Mientras tanto, y a la espera de que se cierre el proceso judicial abierto a raíz de la mencionada sanción, el CSN continúa trabajando en la solicitud de renovación del permiso de explotación de la central que Nuclenor presentó hace ahora dos años y medio.