La Junta abre las solicitudes de las deducciones del IRPF pendientes de 2012

Los contribuyentes que no se acogieron a las deducciones autonómicas por incumplir con la cuota tributaria mínima pueden solicitarlas hasta el 30 de septiembre

Se trata de derechos de desgravación concedidos por la Junta a través de una normativa específica que modifica la regla general

Hasta el próximo 30 de septiembre, los contribuyentes de Castilla y León que no se aplicaron las deducciones familiares autonómicas del IRPF correspondientes al ejercicio 2012, por no haber generado una renta suficiente, pueden solicitar ahora su devolución. Se trata de la segunda campaña extraordinaria que pone en marcha la Junta para facilitar a los ciudadanos el disfrute de los beneficios fiscales. La primera ha favorecido a más de 5.000 familias, con unos derechos reconocidos por importe superior a los 3,7 millones de euros.

Desde la Consejería de Economía y Hacienda recuerdan que los contribuyentes de la comunidad tienen derecho a desgravarse determinados gastos familiares en el IRPF aunque no alcancen la cuota tributaria mínima exigible para la aplicación de otro tipo de bonificaciones fiscales. Esto es posible gracias a una excepción a la normativa general que el Gobierno de Castilla y León reguló en 2011 con el objetivo de apoyar a las familias y fijar población en el medio rural y, en general, en toda la región.

Salvo en dos supuestos, solo se requiere de cumplimentar el modelo S08

De este modo, quienes cumpliendo los requisitos establecidos por la Junta no percibieron estas deducciones sobre la renta de 2012 tienen ahora la oportunidad de solicitar su abono. Para ello deben acudir a los Servicios Territoriales de la Consejería de Economía y Hacienda y cumplimentar el modelo S08, una instancia en la que han de reflejar los datos de las declaraciones de la renta de los ejercicios 2012 a 2015. No es necesario aportar ninguna documentación adicional, explican desde la Junta.

La Dirección General de Tributos y Financiación Autonómica comprobará que la información suministrada es veraz y calculará el importe que corresponde devolver al interesado. Solo en dos supuestos es preciso que el solicitante formalice unos trámites previos con la Agencia Tributaria Estatal (AEAT): cuando no hubiera llegado a presentar la autoliquidación del IRPF, lo que requiere que presente una declaración extemporánea, y cuando no se hubieran aplicado bonificaciones porque su cuota tributaria fuera insuficiente, en cuyo caso hay que corregir la declaración.

Beneficios

La campaña extraordinaria que acaba de abrir la Junta está vinculada a seis deducciones: por familia numerosa, nacimiento o adopción de hijos, partos múltiples o adopciones simultáneas, gastos de adopción, cuidado de hijos menores y permiso de paternidad. El abanico de descuentos en la factura fiscal es amplio. Como ejemplos, cabe citar el ahorro de 710 euros por el primer descendiente, de 1.475 por el segundo y de 2.351 euros por el tercero, o la exención total en el pago de escuelas o guarderías con un límite de 1.320 euros.

En todos los casos, su aplicación está condicionada a que el contribuyente no supere determinados techos de renta. La Consejería de Economía y Hacienda reeditará este tipo de campañas en los próximos ejercicios. Así las cosas, en 2017 las familiares podrán recuperar las bonificaciones generadas en 2013; en 2018, las correspondientes a 2014; y en el año 2019, las aplicables a la renta del pasado año.