La Junta convoca las ayudas al alquiler y a la rehabilitación

Fomento acaba de publicar ambas convocatorias por un importe de 18,3 millones de euros

Se elimina el requisito de ingresos mínimos en las ayudas al alquiler y se amplía la cobertura al 40%

Igualmente se darán ayudas para pagar la elaboración del informe de evaluación de edificios

La Junta convoca las ayudas al alquiler y a la rehabilitación La nueva convocatoria cuenta con 18,3 millones de euros. GIT

La Consejería de Fomento y Medio Ambiente acaba de convocar las ayudas al alquiler social y la rehabilitación edificatoria de viviendas, por un importe de 18,3 millones de euros. Las principales novedades de la convocatoria son la eliminación del requisito de ingresos mínimos, para llegar a las personas y familias con menos recursos, y el aumento del porcentaje subvencionable de cada recibo hasta alcanzar el 40  por ciento. A su vez, la Junta convoca también  las ayudas para la realización del informe de evaluación de edificios, por 344.604 euros.

Del total de los 18,3 millones de euros, 11,3 millones son para las ayudas al alquiler. La nueva convocatoria elimina el requisito de que los contratos de arrendamiento de vivienda, para que pudieran ser subvencionados, tenían que estar formalizados con posterioridad al 31 de diciembre de 2010. Ahora se admiten todos los contratos de arrendamiento celebrados por escrito, independientemente de su fecha de formalización.

Se admiten todos los contratos de arrendamiento, sin fecha límite

Se elimina también el requisito de que los ingresos de los miembros de la unidad de convivencia sean como mínimo superiores a una vez el IPREM, manteniéndose el límite máximo en 2,5 veces el IPREM, aunque excepcionalmente se podría llegar hasta las 3 veces el IPREM, en función de las disponibilidades presupuestarias y del número de solicitudes presentadas que cumplan con todos los requisitos establecidos en la convocatoria.

Se permiten los cambios de domicilio dentro del territorio de Castilla y León durante la tramitación de la solicitud, y no solo cuando se adquiera la condición de beneficiario. Se aumenta el porcentaje de subvención hasta el 40 por ciento de la renta anual, con un límite máximo de 2.400 euros anuales. Además, los beneficiarios podrán recibir un complemento, condicionado a la existencia de disponibilidad presupuestaria, por un importe igual a la subvención reconocida.. Se establece el período subvencionable de 12 meses, entre agosto de 2015 y julio de 2016.

Esta convocatoria es incompatible para los que resultaron beneficiarios de las subvenciones destinadas al alquiler de vivienda para el año 2014, porque el período subvencionable de doce meses en ambas convocatorias es coincidente. Sin embargo sí que es compatible para los beneficiarios de las subvenciones destinadas al alquiler social, pero sólo para el período comprendido desde octubre de 2015 hasta julio de 2016, porque los meses de agosto y septiembre de 2015 se subvencionaron con la ayuda al alquiler social convocada en septiembre de 2015.

Rehabilitación

Las ayudas cubrirán obras de conservación, accesibilidad y sostenibilidad

Junto con estas, la Consejería de Fomento y Medio Ambiente ha convocado también las ayudas en materia de rehabilitación edificatoria, ha convocado una línea de ayudas por importe de 7.098.888 euros. El objetivo es financiar la ejecución de las obras y trabajos de mantenimiento e intervención en las instalaciones fijas y equipamiento propio, así como en los elementos y espacios privativos comunes de los edificios de tipología residencial colectiva situados en Castilla y León.

Los beneficiarios son las comunidades de propietarios, las agrupaciones de comunidades de propietarios o los propietarios únicos de edificios de viviendas. Las actuaciones en los edificios se dirigirán necesariamente a su conservación, a la mejora de la calidad y sostenibilidad y a la realización de los ajustes en materia de accesibilidad. Los edificios deberán estar finalizados antes de 1981, al menos el 70 por ciento de su superficie construida sobre rasante debe tener uso residencial de vivienda y al menos el 70 por ciento de las viviendas deben constituir el domicilio habitual de sus propietarios o arrendatarios.

Además, y excepcionalmente, se aceptarán aquellos edificios que presenten daños estructurales y que tengan íntegramente como destino el alquiler, durante al menos diez años a contar desde la recepción de la ayuda. De esta manera podrán ser subvencionables las obras de conservación para subsanar deficiencias detectadas por el ‘informe de evaluación del edificio’, también acciones en materia de accesibilidad, como la instalación de ascensores, salvaescaleras o rampas, y dispositivos electrónicos de comunicación entre las viviendas y el exterior.

El plazo para realizar las obras de rehabilitación será de 16 meses

Igualmente, las obras para la mejora de la calidad y sostenibilidad en los edificios que reduzcan la demanda energética al menos en un 30 por ciento, tales como la mejora de la envolvente térmica del edificio para reducir su demanda energética, las que permitan la utilización de energías renovables como la solar, biomasa o geotermia o las que permitan una mejora en la eficiencia energética de las instalaciones comunes de ascensores e iluminación, instalación de mecanismos que favorezcan el ahorro de agua. También las que faciliten la recogida y separación de los residuos domésticos.

Las solicitudes se presentarán en un plazo de un mes a partir de mañana de forma presencial o electrónica en la Administración de la Comunidad de Castilla y León. Los criterios de valoración serán, en primer lugar, las que presenten una mayor inversión por vivienda en la mejora de la calidad y la sostenibilidad; en segundo lugar, las que presenten mayor inversión en materia de accesibilidad; y en tercer lugar, en materia de conservación.

La cuantía máxima de las subvenciones a conceder por edificio no podrá superar el importe de multiplicar 4.400 euros por cada vivienda y por cada 100 metros cuadrados de superficie útil de local. El plazo para realizar las obras es de 16 meses desde el inicio de la rehabilitación, ampliable a 18 meses cuando se trate de edificios o actuaciones que afecten a 40 o más viviendas. Estas ayudas no son compatibles con las del programa de fomento y regeneración y renovación urbana.

Informe de evaluación

La ayuda subvencionará parcialmente los honorarios profesionales

Finalmente, la Junta convocan también las ayudas para la realización del informe de evaluación de los edificios, por un importe total de 344.604 euros, a través del que se analizan las condiciones de accesibilidad, eficiencia energética y estado de conservación de los inmuebles. La ayuda consistirá en subvencionar parcialmente los gastos de honorarios profesionales por la emisión de este informe. Podrán ser beneficiarios las comunidades de vecinos, las agrupaciones de comunidades y los propietarios únicos de edificios de carácter residencial.

Las solicitudes se presentarán en el plazo de un mes a partir de mañana de forma presencial o electrónica en la Administración de la Comunidad de Castilla y León. El criterio de valoración de las solicitudes será en función de los honorarios por la emisión del informe de evaluación del edificio imputable a cada vivienda, priorizándose de mayor a menor. Las ayudas consistirán en una subvención equivalente a una cantidad máxima de 20 euros por cada una de las viviendas del edificio y una cantidad máxima de 20 euros por cada 100 m2 de superficie útil de local, sin que en ningún caso pueda superarse la cantidad de 500 euros, ni el 50 por ciento del coste del informe por edificio.