Se abre la convocatoria para acceder al Parque Municipal de Viviendas
El Ayuntamiento ha habilitado un servicio de atención presencial en el Centro Cívico de San Juan
Será todos los miércoles, en horario de mañana, pero se deberá solicitar cita previa para evitar aglomeraciones
A finales de febrero, la Gerencia de Servicios Sociales aprobaba las bases que regulan el acceso al Parque de Viviendas Municipal, y una vez publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia, se abre la convocatoria para recibir las primeras solicitudes. La portavoz del Equipo de Gobierno, Gema Conde, ha explicado que los interesados en acceder a una de las 10 viviendas con las que cuenta a día de hoy el parque ya pueden presentar su solicitud, si bien se ha habilitado un proceso de cita previa para evitar aglomeraciones.
En el Centro Cívico de San Juan se ha dispuesto un servicio de atención presencial, todos los miércoles en horario de mañana, que se podrá solicitar a través del teléfono 010 o llamando al 947 28 88 86. Los técnicos de Servicios Sociales ofrecerán información a los solicitantes, les ayudarán a tramitar las solicitudes y estudiarán cada uno de los casos, antes de emitir una resolución que lleve a la adjudicación de una de esas 10 viviendas, 8 cedidas por ‘la Caixa’ y dos de titularidad municipal.
Requisitos
Siguiendo las pautas marcadas por el reglamento aprobado en enero, el Parque Municipal de Viviendas estará destinado a personas en riesgo de ejecución hipotecaria, o que hayan perdido su vivienda habitual como consecuencia de un desahucio. Entre los requistos a cumplir se encuentra que los ingresos de la unidad familiar no superen 3 veces el IPREM, aunque se incluirán coeficientes correctores en función del número de miembros, y que el solicitante esté inscrito en el registro público de demandantes de vivienda pública protegida, o al menos haber tramitado la solicitud.
Además, no puede disponer de una vivienda en propiedad y, si no es así, tiene que justificar que no pueden disponer de ella por causas ajenas a su voluntad (una separación, por ejemplo). Los solicitantes deberán acreditar la necesidad de la vivienda, bien por un desalojo ocurrido desde enero de 2008, bien por un desalojo ocasionado por impago de alquiler (con una antigüedad máxima de un año). Otras causas podrán ser el riesgo inminente de desahucio y haber agotado todas las vías para negociar su deuda.